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Donación de equipos informaticos (PC+MONITOR)
Donación de equipos informaticos (PC+MONITOR)

Donación de equipos informaticos (PC+MONITOR)

53 equipos informáticos (PC+Monitor)

RTVE abre una convocatoria para la cesión gratuita de 53 equipos informáticos que ya no se utilizan en el entorno de la Corporación, pero se encuentran en buen estado. El objetivo es darles una segunda vida y que puedan ser aprovechados en algún proyecto con un fin social o educativo.

La cesión puede recaer en cualquier entidad o asociación sin ánimo de lucro que cumpla los requisitos previstos en la Norma 2/2014, Reguladora de Actuaciones de Responsabilidad Social Corporativa de la Corporación RTVE. Las entidades interesadas deberán realizar una solicitud cumplimentando el siguiente formulario y aportando todos los documentos requeridos. El plazo para enviar la solicitud está cerrado.

Una vez recibidas todas las solicitudes, serán valoradas por la Dirección de Responsabilidad Corporativa, que remitirá una propuesta al Comité de cesión gratuita de bienes y equipos.

El comité estudiará todas ellas y tomará la decisión de las cesiones gratuitas que serán realizadas, teniendo en cuenta la evaluación de la Dirección de Responsabilidad Corporativa, y todas aquellas consideraciones que se puedan evaluar, siguiendo criterios de equidad. Dependiendo del número de solicitudes recibidas, se emitirá una resolución en el plazo de máximo de tres meses a contar desde el cierre de la convocatoria.

Con esta cesión gratuita, RTVE demuestra su compromiso con la Agenda 2030:

  • Promueve una educación equitativa y de calidad (ODS 4), garantizando que niños y niñas en riesgo de exclusión dispongan de un equipo para seguir con su formación
  • Contribuye a reducir las desigualdades, apostando por la igualdad de oportunidades y la inclusión de colectivos vulnerables (ODS 10)
  • Fomenta modalidades de producción y consumo más sostenibles, dándole una segunda vida a equipos que han quedado en desuso (ODS 12) 

La cesión gratuita de bienes a proyectos sociales o educativos constituye además una forma de compensación de la huella ambiental que genera nuestra actividad.

Características de los equipos disponibles

  • 53 equipos de la marca HP
    • Modelo: HP, HP 8000 USDT,
    • Color: NEGRO
    • Fabricante del procesador: INTEL
    • Año de fabricación: 2010
    • Tipo de procesador: INTEL CORE 2 QUAD Q8400
    • Memoria RAM: 4 GB
    • Tipo de memoria: DDR3 1066MHZ
    • Disco Duro: 250 GB
    • Interfaz del disco duro: SATA
    • Discos adicionales: NINGUNO
    • Sistema Operativo: WINDOWS 7

 

  • 53 monitores de la marca HP
    • Pulgadas: 19”
    • Resolución máxima: 1440x900 px
    • Año de fabricación: 2008 

Requisitos de las entidades cesionarias

Podrán ser cesionarios aquellas entidades y organizaciones previstas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas y estar inscritas, en su caso, en el Registro correspondiente.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Tener fines institucionales acordes a la Corporación RTVE y desarrollar actividades de utilidad pública y de interés social.
  • Cumplir con las obligaciones legales que les resulten de aplicación, en especial las referidas a sus principios de funcionamiento y actividad, contabilidad y registro que en su caso sean de aplicación
  • No haber recibido en el último año bienes o equipos de la Corporación RTVE.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social Requisitos que deberán cumplir las solicitudes 

Todas las entidades que reúnan los requisitos exigidos y estén interesadas en ser donatarias de los bienes y/o equipos susceptibles de cesión gratuita deberán rellenar el siguiente formulario y aportar los documentos solicitados en el mismo:

  • Memoria en la que se justifique las necesidades concretas de la entidad, así como la indicación del destino y los fines a los que se habrían de dedicar los bienes objeto de cesión gratuita por parte de RTVE.
  • Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del firmante de la solicitud o bien documentación firmada mediante certificado de firma electrónica que garantice la identidad del suscriptor. El firmante ha de ser el representante legal de la entidad y adjuntar poder notarial que lo acredite.
  • Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
  • A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos referidos en el artículo 3, deberá presentar:
    • 1. La escritura de constitución o documento que lo sustituya
    • 2. Los Estatutos o normas por los que se rija.
    • 3. Las cuentas anuales.
    • 4. Certificado del Registro en el que en su caso le corresponda. Asimismo, deberá aportar cualquier otra documentación que le sea requerida por la Corporación RTVE. 

Las solicitudes que se presenten en cada convocatoria solo serán tenidas en cuenta para esa convocatoria.

Formalización de la cesión

La cesión se formalizará a través de un acuerdo de colaboración que deberá ser suscrito por los respectivos representantes de la entidad beneficiaria de la cesión y de la Corporación RTVE.

En el acuerdo deberá constar necesariamente lo siguiente:

  1. Que, una vez formalizado el acuerdo de colaboración para la cesión de bienes, la entidad beneficiaria deberá remitir a la Dirección de Responsabilidad Corporativa de la Corporación RTVE documentación que acredite el destino de los bienes y su uso.
  2. El incumplimiento por los solicitantes del destino y los fines alegados y por los que resultan adjudicatarios, así como el falseamiento, inexactitud u omisión de los datos que sirvan de base a su otorgamiento, darán lugar a que RTVE pueda resolver el acuerdo y exigir la devolución de tales bienes y a la exclusión de la entidad para futuros procesos de donación, sin que la entidad tenga derecho a daños y perjuicios. A estos efectos, la entidad beneficiara estará obligada a consentir las auditorias que RTVE pueda requerir para comprobar el destino de tales bienes.
  3. Que la entidad beneficiaria se obliga igualmente a hacerse cargo del coste que origine el traslado o envío de los bienes y/o equipos adjudicados siendo retirados en la dirección que establezca en su día la Corporación RTVE y en el plazo máximo de dos meses. 

Para cualquier duda, pueden contactar con: responsabilidadcorporativa@rtve.es

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