Enlaces accesibilidad
Elecciones municipales y autonómicas

La Junta Electoral Provincial ratifica su decisión contra la participación de Carmena y Errejón en debates electorales

  • Desestima la reclamación de Más Madrid contra la propuesta de cobertura Informativa presentada por Telemadrid

Por
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y el candidato a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Íñigo Errejón, en un acto de Más Madrid.
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y el candidato a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Íñigo Errejón, en un acto de Más Madrid.

La Junta Electoral Provincial de Madrid (JEPM) ha ratificado este lunes su decisión de prohibir la participación en debates electorales de los candidatos de Más Madrid al Ayuntamiento y la Presidencia de la Comunidad, Manuela Carmena e Íñigo Errejón, y la instalación de publicidad electoral en las calles de la capital al desestimar el recurso del partido del plan de cobertura informativa aprobado por el Consejo de Administración de Telemadrid, por considerar que "no es contrario a la normativa electoral".

La formación presentó este recurso el pasado 3 de mayo al considerar que cuenta con representación en las instituciones y que la planificación era "contraria a los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad" en los medios de comunicación en periodo electoral. Sin embargo, el organismo considera que la representación institucional de Más Madrid, que cuenta con doce diputados en la Asamblea de Madrid y doce concejales en el Ayuntamiento entre los que se encuentra la propia alcaldesa, "no es el criterio al que se debe atender" en esta programación; "sino exclusivamente haber concurrido a los anteriores procesos electorales".

Del mismo modo, la JEPM desestima que Más Madrid pueda acogerse a la posibilidad de que Telemadrid le dedique tiempo para informar acerca de fuerzas políticas que no alcanzaron representación en las elecciones anteriores equivalentes ni ostentan la condición de grupo político significativo según el apartado cuarto de la Instrucción 4/2011 de la Junta Electoral Central (JEC) ya que, tal y como explica el organismo, no se trata de "una obligación impuesta al medio de titularidad pública, sino de una mera cláusula de garantía (...) para preservar el derecho preferente" de los grupos antes mencionados.

Radio Televisión Madrid, recuerda la resulución a la que ha tenido acceso TVE, realizó esta planificación teniendo en cuenta las resoluciones del máximo organismo electoral provincial del 22 de abril y el 1 de mayo, así como la decisión de la JEC del 28 de abril, que consideran a Más Madrid "un partido de nueva creación", a pesar de que el medio sí tenía previsto incluirlo en su cobertura "dada la representatividad que ostentan a día de hoy las personas que forman parte de esas candidaturas".

La JEPM no considera a Más Madrid "grupo político significativo"

Por otra parte, la JEPM considera que Más Madrid tampoco puede ser considerado un "grupo político significativo" puesto que la formación tampoco participó en las elecciones de generales del pasado 28 de abril.

En este sentido, el organismo considera que la ampliación de alegaciones que la formación realizó el pasado 4 de mayo para solicitar que se tuviera en cuenta su participación en coalición con Equo, formación que sí participó en los últimos comicios generales integrada en Unidas Podemos, "carece de fundamento" porque el partido "concurre en solitario en las presentes elecciones tanto al Ayuntamiento como a la Asamblea de Madrid" a pesar de que pueda presentarse en coalición en otras localidades.

Además, la JEPM explica que, mientras la candidatura Izquierda Unida-Madrid en Pie-Municipalista cumple con la condición de grupo significativo porque IU concurrió con Unidas Podemos a las elecciones generales y obtuvo un porcentaje superior al 5% de los votos válidos emitidos; esta exigencia no se cumple en el caso de Equo, "que ni tan siquiera ha justificado el número de escaós obtenidos por esa formación en la circunscripción de Madrid".