Enlaces accesibilidad

Condenan a 30 años de cárcel a 'Cabeza de cerdo' por inducir a la prostitución

  • También ha sido condenado por obligar a una de las jóvenes a abortar
  • Obligaba a prostituirse a jóvenes rumanas, incluida una menor, en la Casa de Campo
  • Tendrá que indemnizarlas con 12.020 euros y con 30.506 euros a la que abortó

Por

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Ioan Clamparu, alias "Cabeza de cerdo", a treinta años de cárcel por cinco delitos de inducción a la prostitución a jóvenes rumanas en la Casa de Campo, entre ellas una menor de edad, y por obligar a abortar a esta última.

En el fallo, el acusado deberá indemnizar, por daños morales, a tres testigos protegidas con 12.020 euros y a la menor, de nombre falso Andrea, que fue obligada a abortar por Camparu, con 30.506 euros.

La sentencia considera probado que el acusado, de nacionalidad rumana, actuando de común acuerdo con otras personas, consiguió durante el año 2000 que un número no concretado de mujeres de su país viajasen hasta España, con la promesa de que trabajarían en la hostelería o en el servicio doméstico y concertando con otras que trabajarían en la prostitución.

Sin embargo, resalta el fallo, una vez que llegaban a España les decían que habían contraído una deuda importante con la organización y que debían trabajar ejerciendo la prostitución y entregar la totalidad del dinero hasta saldarla.

Para doblegar su voluntad, se valían de amenazas y agresiones físicas, les retiraban su documentación personal, proporcionándoles otra falsa, las mantenían hospedadas en pisos donde eran controladas día y noche para evitar su fuga y vigilaban estrechamente sus movimientos.

Dirigía un grupo que actuaba en España y Rumanía

Clamparu dirigía a un grupo de personas, que actuaban unas en España y otras en Rumanía, distribuía a las mujeres entre ellos con el fin de que las controlasen y recaudasen sus ingresos, les indicaba los lugares donde debían ejercer la prostitución y se reunía periódicamente con ellos para gestionar el trabajo de las mujeres y que le rindieran cuentas sobre lo recaudado.

Una de las testigos contó además que había varios pisos y un elevado número de mujeres en la misma situación, que cifró en torno a cincuenta, de acuerdo con la sentencia.

En la resolución judicial se precisa que en octubre del año 2000 la testigo protegida "Andrea", cuando tenía 17 años y se encontraba embarazada, entró en contacto con una persona en Rumanía que le ofreció venir a España a trabajar en la hostelería.

Una persona la trasladó a un piso de Madrid, le informó de que debía ejercer la prostitución para saldar la deuda que había contraído por su viaje a España, le retiró su documentación y la vigilaba en todo momento.

Como la chica se negó a ejercer la prostitución, la citada persona la amenazó con que la matarían a ella y a toda su familia y Clamparu llegó a darle un puñetazo cuando ella dijo que no había venido a España con este fin.

Cuando días más tarde Clamparu supo que la menor estaba embarazada le exigió que abortara, diciéndole que, en otro caso, la mataría porque no podría seguir ejerciendo la prostitución y, ante la oposición de la chica, la agredió físicamente.

Por orden de Clamparu, añade la sentencia, "Andrea" fue acompañada a la Clínica "El Bosque" para que se practicase el aborto -con una gestación de cinco semanas- y se identificó con documentación rumana que ocultaba su minoría de edad.

Durante la vista oral, los agentes que encontraron a "Andrea" en la Casa de Campo explicaron que la chica no dudó en introducirse en el vehículo policial, pudieron observar cómo estaba aterrada y contaron cómo permaneció varias horas llorando sin parar.