24 horas   La violencia vicaria "no se recoge como tal en la legislación española" 18/03/2024 10:14

En una pequeña localidad de Almería, un hombre ha matado a sus dos hijas de dos y cuatro años envenenándolas durante una visita de fin de semana. El hombre, que después se ha suicidado, tenía vigente una orden de alejamiento sobre la madre, pero se habían autorizado seis horas de convivencia los sábados y domingos. De confirmarse la hipótesis de la Guardia Civil, estaríamos ante un nuevo caso de violencia vicaria. Julia Clavero, abogada experta en Derecho de Familia y Penal, ha explicado en 24 horas de RNE que, aunque cada vez se usa más el término 'violencia vicaria', no se recoge como tal en el Código Penal: "Sí se podría considerar como una parte de un maltrato psicológico continuado (…) Son muy habituales esos casos en los que precisamente el agresor utiliza a los menores como arma arrojadiza para continuar esa violencia de la que la víctima quiere escapar"

En las últimas estadísticas del Instituto Nacional de 2022, solo en el 12,9% de los casos en los que se ha acordado una medida cautelar se ha suspendido el régimen de visitas. En este caso, el hombre estaba pendiente de un juicio, pero se le habían autorizado seis horas de convivencia con las niñas. Ante esta incongruencia, Julia Clavero ha apuntado el tiempo que tardan los juzgados en resolver los casos: "En nuestros juzgados españoles, en algunas localidades, tardamos dos años en tener informes psicológicos. ¿Cómo se va a tomar la decisión con los medios que se tienen en esos momentos, en esa medida cautelar que se acuerda dentro de las 72 horas después de poner cualquier denuncia?"

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