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La Policía detiene en Bilbao al presunto miembro de ETA Josu Rodríguez Mallaviarrena

  • Fue prcesado en su día por pertenencia a banda armada
  • Construyó zulos para artefactos de kale borroka
  • Ya son seis los presuntos etarras detenidos esta semana

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Josu Rodríguez Mallaviarrena detenido como presunto miembro de ETA

La Policía Nacional han detenido en Bilbao al presunto miembro de la organización terrorista ETA Josu Rodríguez Mallaviarrena, requerido por la Audiencia Nacional, ha informado el Ministerio de Interior en un comunicado.

Rodríguez Mallaviarrena, que fue procesado en su día por pertenencia a banda armada, ha sido detenido este sábado por agentes del Cuerpo Nacional de Policía, adscritos a la brigada Provincial de Información de Bilbao.

Con esta detención se elevan a seis los miembros de la banda terroristas detenidos esta semana.

Este vienres fueron detenidos en Londres Antonio Troitiño Arranz e Ignacio Lerín Sánchez, ambos con un importante historial terrorista, arrestos que se suman al practicado el pasado miércoles en Bilbao a Maialen Zuazo Aurrekoetxea para cumplir una condena de siete años de prisión por colaboración con ETA por haber dado alojamiento y ocultado a varios miembros del "comando Vizcaya".

Un día antes, el 26 de junio, fueron detenidos en la ciudad francesa de Albi Ugaitz Errazkin Tellería -que formó parte del comando "Asti" de ETA, responsable de los asesinatos de Isaías Carrasco e Ignacio Uría en 2008- y José Javier Osés Carrasco.

Construyó zulos para artefactos de kale borroka

El presunto etarra detenido en Bilbao Josu Rodríguez Mallaviarrena fue condenado a cuatro años de cárcel por la Audiencia Nacional por depósito de artefactos incendiarios para actos de "kale borroka" entre 2004 y 2007, pena que fue rebajada a tres por el Tribunal Supremo (TS) el pasado 15 de junio.

La Sala de lo Penal del TS rebajó la condena de Rodríguez Mallaviarrena y absolvió a Mikel de Gregorio Escribano de los delitos de construir zulos para esconder artefactos destinados a la violencia callejera porque no eran suficientes para condenar las acusaciones de un coimputado.

El Tribunal Supremo rebajó la pena a Mallaviarrena porque no quedó probado que los artefactos incendiarios que él mismo contribuyó a almacenar estuvieran a su disposición para los actos de violencia callejera lo que le obligaba a decantarse por la opción interpretativa más favorable al acusado.