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Para los nuevos contratos se abarata la comisión de cancelación anticipada, poniendo un tope máximo: entre el 0,25 y 0,5% para las hipotecas a tipo variable y entre el 3 y el 4% para las de tipo fijo. Se regulan los intereses de demora, se facilita la conversión de un crédito en divisa extranjera a la nacional y dejará de ser obligatorio contratar productos asociados, como seguros o tarjetas. Los profesionales financieros no tendrán ya incentivos por número de contratos conseguidos. Además, para todas las hipotecas ahora en vigor, el Gobierno fija los requisitos mínimos en los que el banco puede iniciar una ejecución anticipada, o desahucio, por impago. Y abarata el cambio de una hipoteca de tipo variable a otra de tipo fijo. Habrá un modelo de contrato tipo para quien lo solicite. Y en cualquier caso, antes de firmar cualquier hipoteca, la información tiene que estar clara y detallada. Un notario supervisará, de forma gratuita, que el cliente la ha entendido