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El TSJC rechaza imponer una fianza a Puigdemont por el referéndum del 1-O

  • Así lo pide la Fiscalía para asegurar las responsabilidades económicas del 1-O
  • Acuerda también deshabilitar la web que inscribe a los voluntarios

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Carles Puigdemont, presidente de Cataluña.
Carles Puigdemont, presidente de Cataluña.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha descartado, "por el momento", imponer una fianza al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y sus consellers, como pide la Fiscalía para asegurar responsabilidades económicas por el referéndum del 1 de octubre.

En cuanto a los requerimientos hechos a los alcaldes, el TSJC recuerda que el decreto por el cual se regula todo lo relacionado con el referéndum está suspendido por el Tribunal Constitucional.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC ha acordado también ordenar a la Guardia Civil que adopte las medidas para deshabilitar la web que permite a los ciudadanos participar como voluntarios en la organización del referéndum y que identifique a los medios que han insertado publicidad institucional sobre el 1-O.

Según la sala, dicha web es "un vehículo informativo y organizativo del referéndum, cuya consecución contraviene lo resuelto por el Tribunal Constitucional", que suspendió cautelarmente el referéndum.

Las webs "deben ser desactivadas"

Por ello, el auto considera que las webs relacionadas con el referéndum "deben ser desactivadas, por lo que procede autorizar la expulsión de las mismas de Internet, mediante el bloqueo de los enlaces".

En este sentido, el TSJC encarga "dejar de forma inmediata fuera de línea y deshabilitar cualquier acceso a través de las líneas de datos" a la Guardia Civil.

La medida afecta tanto a la web garanties.cat, donde se publicó inicialmente el contenido de la ley del referéndum, como a la habilitada por el Govern para que los interesados en colaborar como voluntarios en el referéndum se puedan apuntar.

En cuanto a la publicidad institucional o la propaganda relacionada con el referéndum, el TSJC también requiere a la Guardia Civil a que, "a la mayor brevedad", le informe de qué medios con sede en Cataluña han insertado esta publicidad.

El auto del TSJC exime de esta orden a TV3 y Catalunya Ràdio, cuyos máximos responsables ya fueron advertidos en una providencia dictada por el pleno del Tribunal Constitucional el pasado 7 de septiembre.