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Conceden el tercer grado a Carlos Fabra en contra del criterio de Prisiones

  • El expresidente de la Diputación de Castellón entró en prisión a finales de 2014
  • Ingresó en la cárcel en segundo grado y ya disfrutaba de permisos ordinarios
  • La juez considera que tiene una condena corta y ve poco riesgo de reincidencia

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El expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra
El expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra.

La juez de Vigilancia Penitenciaria del Juzgado número 3 de Madrid ha concedido el tercer grado penitenciario al expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra.

La concesión del tercer grado, por el cual Fabra sólo tendrá que acudir a pernoctar a la prisión, se produce en contra del criterio de la Junta de Tratamiento de la prisión de Aranjuez.

El preso se encuentra interno en la cárcel de Aranjuez desde diciembre de 2014 y estaba clasificado en segundo grado, lo que le había permitido disfrutar de varios permisos ordinarios de salida de la cárcel.

Aunque se trata de una decisión recurrible, su aplicación es inmediata, de modo que la próxima Junta de Tratamiento de la prisión debe decidir en qué régimen cumple el tercer grado, paso previo a la concesión de la libertad condicional, a la que el expresidente de la Diputación de Castellón y del PP de esta misma provincia podrá acceder en los próximos meses.

La juez considera la "evolución favorable" de Fabra

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la juez considera que el interno ha evolucionado favorablemente, que ha abonado su responsabilidad civil, que tiene una condena corta, que tiene más de 70 años y un "delicado estado de salud, como consecuencia del trasplante de hígado al que fue sometido", y que hay poco riesgo de reincidencia.

El fiscal se opuso al recurso de Fabra contra la decisión de la prisión de denegarle el tercer grado al tener en cuenta la gravedad de los delitos fiscales por los que fue condenado, que no ha cumplido su compromiso de pago de responsabilidad civil y que su pronóstico de reincidencia "es medio alto".

Para la Fiscalía, su buena conducta en prisión y su apoyo familiar no son "datos indicativos ni relevantes" que justifiquen la progresión de grado "al ser habitual en quienes cometen este tipo de delitos".

Pero la juez María del Prado Torrecilla rebate los argumentos del fiscal, considera que la ley obliga a tener en cuenta el comportamiento del preso a la hora de evaluar una recalificación y estima que se han cumplido todos los requisitos necesarios para pasar al tercer grado.

Por ello, al haber disfrutado ya de tres permisos penitenciarios sin que conste incidencia negativa alguna y dado que el 30 de mayo cumplirá la mitad de la condena, "lo que le permitirá el acceso a la suspensión de la ejecución y concesión de la libertad condicional", accede a concederle el tercer grado.