Ya estamos casi en junio, más cerca de las vacaciones para muchos, un tema que también está de actualidad por una sentencia del Tribunal Supremo.El...
29/05/2026 00:00:45Ya estamos casi en junio, más cerca de las vacaciones para muchos, un tema que también está de actualidad por una sentencia del Tribunal Supremo.
El fallo prohíbe a las empresas computar como vacaciones un festivo que vaya justo después de los días de descanso que hemos elegido.
Recordamos que la empresa te puede dar las vacaciones en días naturales o en días laborables.
Si son en días laborables, lo que ha dicho el Supremo no aplica porque te coges solo los días que trabajas, normalmente de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni festivos.
Si tienes las vacaciones en días naturales, te coges también sábados y domingos, es decir 7 días cada semana.
El mínimo son 30 días naturales al año, que pueden ser más si lo dice tu convenio.
La novedad es para los que tienen las vacaciones en días naturales.
Si tus vacaciones acaban el día antes de un festivo, la empresa no te puede descontar ese festivo como si fuera un día más de tu descanso anual.
El Alto Tribunal recuerda que los festivos y las vacaciones son derechos distintos y que deben disfrutarse por separado.
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