Un hombre vestido con traje y corbata es impactado por un coche, cayendo hacia atrás con los brazos extendidos. Un maletín sale volando por el aire, y se aprecia un destello en el punto de impacto.
Aquí hay trabajo  Cuándo se considera un accidente "in itinere"

En esta píldora laboral de Aquí Hay Trabajo hablamos de los accidentes in itinere, es decir cuando vas o vienes del trabajo. Te explicamos cuándo...

13/04/2026 00:01:11
Recomendable para todos los públicos
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Cuándo se considera un accidente "in itinere" 00:01:11 13/04/2026
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Sinopsis

En esta píldora laboral de Aquí Hay Trabajo hablamos de los accidentes in itinere, es decir cuando vas o vienes del trabajo.

Te explicamos cuándo te lo reconocen como accidente de trabajo. Es importante porque ese reconocimiento te da más dinero, más protección legal y una posible indemnización.

Estos son los requisitos para haya un accidente laboral in itinere: el primero es obvio, que el propósito del viaje sea ir o regresar del puesto de trabajo. El camino debe ser el habitual.

Se admite algún desvío si es pequeño, razonable o por necesidades cotidianas, por ejemplo: paro a echar gasolina o a recoger al niño del cole.

También es importante el tiempo, es decir, que tardes más o menos lo mismo en ir o volver del trabajo. Si te has desviado a un centro comercial para hacer unas compras, tardas una horas más, y te ocurre algo, entonces no es accidente laboral.

Además de tardar lo normal, el desplazamiento también se tiene que dar en un medio adecuado: coche, moto, transporte público. No es accidente laboral si ese día vas en otro medio.

A diferencia de un accidente en el centro de trabajo, en los accidentes laborales in itinere es el trabajador el que tiene que probar que se cumplieron los requisitos, y aportar testigos, partes policiales o informes médicos.

Ese papeleo va a la mutua que es quien decide. Si dice que no es un accidente laboral in itinere y tú no estás de acuerdo, tendrás que pedir una determinación de contingencias a la Seguridad Social que es quien tiene la última palabra.

Aunque si no estás de acuerdo con la Seguridad Social también puedes acabar en un tribunal y que dé con un mazo en la mesa un juez y decida.

Ficha técnica
Géneros
Servicio Público
Idiomas
Castellano
Accesibilidad
Subtitulado