¿Sueles quedarte unos minutos más todos los días en el trabajo? ¿Te los pagan? Todos hemos escuchado alguna vez la frase que muchos hemos escuchado...
15/06/2026 00:00:55¿Sueles quedarte unos minutos más todos los días en el trabajo? ¿Te los pagan?
Todos hemos escuchado alguna vez la frase que muchos hemos escuchado en el trabajo: ¿te puedes quedar 10 minutitos y así acabamos el informe?
No tiene nada de malo quedarse un poco más para terminar la tarea, pero hay que tener un par de cosas bien claras.
Si sigues trabajando después de tu hora de salida porque la empresa te lo exige o lo permite, ese tiempo hay que contarlo, si es un minuto como si es dos horas.
No son 10 minutos sin importancia y no se cuentan, todo se suma y es trabajo efectivo.
Y todo el trabajo efectivo o se paga o se compensa con descanso.
Por eso la jornada debe quedar bien registrada y es bueno que revises cómo están contando realmente tu tiempo de trabajo.
Recuerda que el máximo legal que puedes hacer al año es 80 horas extras y que los menores de 18 años no pueden hacer ni un minuto más de su jornada.
Y un detalle más, una cosa es quedarse un día unos minutillos, y otra es que todos los santos días tengamos que quedarnos "excepcionalmente" un poquito más.
En todo caso, lo que nos quedemos, se registra y se paga o se compensa.
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