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Pedraz seguirá investigando el genocidio maya y el asalto a la embajada española en Guatemala

  • El juez de la Audiencia Nacional considera los hechos investigados terrorismo
  • De esta forma no están afectados por la limitación de la justicia universal

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Pedraz seguirá investigando el asalto a la embajada española en Guatemala y el genocidio maya

El juez Santiago Pedraz ha rechazado este martes archivar la causa en la que investiga el asalto a la embajada española en Guatemala en 1980 y el genocidio maya porque la calificación de los hechos como terrorismo la salva del archivo que estable la nueva ley que limita la justicia universal.

Además del terrorismo, el juez considera que la causa, que ahora ha transformado a sumario, se debe instruir también por los delitos conexos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de género, torturas, asesinato y detenciones ilegales porque el objeto de la investigación no son los delitos sino los hechos: el presunto genocidio maya en Guatemala en que supuestamente fueron asesinados 250.000 indígenas y se produjeron 1.475 violaciones.

Pedraz ha adoptado esta decisión en un auto después de que la Fiscalía se opusiera al cierre de esta investigación al entender que la nueva norma sobre justicia universal no afectaba a esta causa por la calificación de los hechos como terrorismo, aunque pidió a Pedraz que la diera por terminada para elevarla a la Sala de lo Penal y fuera el tribunal el que decidiera archivarla o llevarla a juicio.

El juez extiende el objeto de la investigación más allá del terrorismo porque, según el auto, "hay asesinatos terroristas que están enmarcados en un contexto más amplio de comisión de delitos contra la población guatemalteca", hechos que fueron denunciados en 1999 ante la Audiencia Nacional por la premio Nobel de la Paz y líder indígena guatemalteca Rigoberta Menchú.

"En resumen, España tiene jurisdicción sobre los hechos porque son delitos de terrorismo. Como estos hechos pueden ser también constitutivos de los otros delitos, los cuales, además, serían conexos a los delitos de terrorismo, resulta incuestionable -al menos en esta fase de la investigación- que la jurisdicción española es competente para conocer de todos los delitos", destaca el auto.

La condena de Ríos Montt fue anulada en Guatemala

Pedraz señala además que si bien "consta en la causa que en Guatemala se han seguido procedimientos por hechos relacionados con los que aquí se instruyen, lo cierto es que los mismos presuntamente no han llegado a 'buen fin', sin que se sepa el alcance de cada uno".

Por ello, acuerda también librar una comisión rogatoria a Guatemala para comprobar si en ese país "ha existido disposición a actuar" y, hasta que no se cumplimente esta diligencia, el juez anuncia que no puede elevar esta causa a la Sala de lo Penal para que esta determine si debe archivarla o llevarla a juicio, tal y como le propuso el fiscal Pedro Martínez Torrijos.

En Guatemala se le abrió un proceso por estos hechos al general golpista Efrain Ríos Montt, que tras ser condenado a 80 años de prisión el 10 de mayo de 2013 por el asesinato de 1.771 indígenas de la etnia Ixil entre 1982-1983, la sentencia fue anulada después por la Corte de Constitucionalidad por errores en el proceso y ordenó repetir parte del juicio, que está fijado para enero de 2015.

La reforma de la justicia universal, es decir, de la capacidad de un juez español para juzgar determinados delitos cometidos fuera del territorio nacional, diferencia entre unos delitos y otros, de manera que solo en el caso de terrorismo y trata de seres humanos es suficiente con que la víctima sea española para que los tribunales nacionales puedan investigar.

Rigoberta menchú presentó la querella en 1999

Esta causa se comenzó a investigar a raíz de una querella presentada en la Audiencia Nacional por la Premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú contra ocho ex altos cargos guatemaltecos en 1999.

El Tribunal Supremo ordenó en 2003 a la Audiencia Nacional que lo investigara, aunque solo los hechos que afectasen a españoles, en concreto el asalto a la embajada de España en 1980 y, dentro del mismo caso, los asesinatos de sacerdotes españoles.

Sin embargo, en 2005, el Tribunal Constitucional estableció que la Justicia española es competente para juzgar delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad en todo el mundo, aún cuando no haya víctimas españolas, lo que permitió a Pedraz seguir investigando el genocidio maya en Guatemala.

Como consecuencia del asalto murieron 36 personas, entre ellas tres españoles, Jaime Ruiz del Árbol, Luis Felipe Sanz Martínez y María Teresa Vázquez de Villa, y el propio embajador sufrió heridas de consideración.

Los sacerdotes cuya muerte también se investiga son José María Gran, Faustino Villanueva y Juan Alonzo Fernández, asesinados por el Ejército guatemalteco en junio de 1980, julio de 1980 y febrero de 1981, respectivamente, y Carlos Pérez Alonso, secuestrado por militares el 2 de agosto de 1981.