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En Portada aborda la división en Turquía entre partidarios y detractores del presidente Erdogan, un Estambul de relojeros en que el inexorable paso del tiempo afianza las dos Turquías, la tradicional que mira a Oriente y la más juvenil y moderna que se asoma a Occidente.

El Tribunal Supremo de EE.UU. ha decidido permitir la aplicación de forma parcial del veto migratorio de Donald Trump, que prohíbe la entrada en territorio estadounidense de refugiados y nacionales de seis países de mayoría musulmana, y analizará la polémica norma a fondo este otoño para dilucidar si viola o no la legalidad [ver la declaración del Supremo en inglés].

Trump ha celebrado que la Corte Supremo haya tomado la decisión de forma unánime y ha afirmado que la aplicación del veto migratorio a seis "países propensos al terrorismo" es "una herramienta importante para proteger" a los Estados Unidos.  "Como presidente no puedo permitir que entre gente en nuestro país que quiere hacernos daño", señala el comunicado.

El tribunal establece una importante excepción: la prohibición "no podrá aplicarse a ciudadanos extranjeros que tenga una relación creíble 'bona fide' con personas o entidades en Estados Unidos", es decir, algún vínculo con el país a nivel familiar, laboral, educativo o de otro tipo.

Esta decisión, tomada de forma unánime, implica que el Gobierno de Trump puede imponer una prohibición de 90 días a los viajeros de Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen y una prohibición de 120 días a todos los refugiados que ingresan a EE.UU.  con la excepción señalada por el tribunal, por lo que a partir de 72 horas se podrá negar la entrada al país de los individuos que no tengan familiares en territorio estadounidense o que no hayan tramitado ya su ingreso para trabajar.

La primera versión del veto migratorio fue proclamada el 27 de enero y tuvo que ser sustituida por una segunda versión, bloqueada también por la Justicia. El segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.

Dos tribunales de apelaciones suspendieron las partes más importantes de la orden presidencial y por eso la Casa Blanca apeló al Supremo. Ahora, la decisión del máximo tribunal es una victoria para Trump, a la espera de que el caso se resuelva a partir de este otoño.

El Gobierno británico ha avanzado este lunes que planea expedir un nuevo documento de identificación para que los ciudadanos europeos que residen en el Reino Unido puedan justificar sus derechos adquiridos ante empresas y organismos públicos.  La primera ministra, Theresa May, ha detallado en el Parlamento que los comunitarios que ya están en el país o lleguen antes de una fecha límite, todavía por determinar, optarán a mantener sus derechos "como si fueran ciudadanos británicos" tras el Brexit

May adelantó a los líderes europeos en Bruselas la semana pasada que el Reino Unido prevé otorgar la condición de "afincado" permanente a aquellos comunitarios que hayan residido al menos cinco años en el país, lo que les dará acceso al mercado laboral, el sistema sanitario, las prestaciones sociales y las pensiones. Aquellos que hayan llegado antes de la fecha de corte -que se establecerá previsiblemente entre marzo de 2017 y marzo de 2019-, podrán permanecer los cinco años necesarios para adquirir esos derechos.  En un documento publicado este lunes por el Ejecutivo británico, se alerta sin embargo de que los europeos que entren en el Reino Unido tras esa fecha podrían encontrarse con "controles que limiten" sus posibilidades de "vivir y trabajar" en el país.

En Portada aborda la división en Turquía entre partidarios y detractores del presidente Erdogan, un Estambul de relojeros en que el inexorable paso del tiempo afianza las dos Turquías, la tradicional que mira a Oriente y la más juvenil y moderna que se asoma a Occidente.

El Tribunal Supremo de EE.UU. ha decidido permitir la aplicación de forma parcial del veto migratorio de Donald Trump, que prohíbe la entrada en territorio estadounidense de refugiados y nacionales de seis países de mayoría musulmana, y analizará la polémica norma a fondo este otoño para dilucidar si viola o no la legalidad [ver la declaración del Supremo en inglés].

Trump ha celebrado que la Corte Supremo haya tomado la decisión de forma unánime y ha afirmado que la aplicación del veto migratorio a seis "países propensos al terrorismo" es "una herramienta importante para proteger" a los Estados Unidos.  "Como presidente no puedo permitir que entre gente en nuestro país que quiere hacernos daño", señala el comunicado.

El tribunal establece una importante excepción: la prohibición "no podrá aplicarse a ciudadanos extranjeros que tenga una relación creíble 'bona fide' con personas o entidades en Estados Unidos", es decir, algún vínculo con el país a nivel familiar, laboral, educativo o de otro tipo.

Esta decisión, tomada de forma unánime, implica que el Gobierno de Trump puede imponer una prohibición de 90 días a los viajeros de Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen y una prohibición de 120 días a todos los refugiados que ingresan a EE.UU.  con la excepción señalada por el tribunal, por lo que a partir de 72 horas se podrá negar la entrada al país de los individuos que no tengan familiares en territorio estadounidense o que no hayan tramitado ya su ingreso para trabajar.

La primera versión del veto migratorio fue proclamada el 27 de enero y tuvo que ser sustituida por una segunda versión, bloqueada también por la Justicia. El segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.

Dos tribunales de apelaciones suspendieron las partes más importantes de la orden presidencial y por eso la Casa Blanca apeló al Supremo. Ahora, la decisión del máximo tribunal es una victoria para Trump, a la espera de que el caso se resuelva a partir de este otoño.

El Gobierno británico ha avanzado este lunes que planea expedir un nuevo documento de identificación para que los ciudadanos europeos que residen en el Reino Unido puedan justificar sus derechos adquiridos ante empresas y organismos públicos.  La primera ministra, Theresa May, ha detallado en el Parlamento que los comunitarios que ya están en el país o lleguen antes de una fecha límite, todavía por determinar, optarán a mantener sus derechos "como si fueran ciudadanos británicos" tras el Brexit

May adelantó a los líderes europeos en Bruselas la semana pasada que el Reino Unido prevé otorgar la condición de "afincado" permanente a aquellos comunitarios que hayan residido al menos cinco años en el país, lo que les dará acceso al mercado laboral, el sistema sanitario, las prestaciones sociales y las pensiones. Aquellos que hayan llegado antes de la fecha de corte -que se establecerá previsiblemente entre marzo de 2017 y marzo de 2019-, podrán permanecer los cinco años necesarios para adquirir esos derechos.  En un documento publicado este lunes por el Ejecutivo británico, se alerta sin embargo de que los europeos que entren en el Reino Unido tras esa fecha podrían encontrarse con "controles que limiten" sus posibilidades de "vivir y trabajar" en el país.

El Tribunal Supremo de EE.UU. ha decidido permitir la aplicación de forma parcial del veto migratorio de Donald Trump, que prohíbe la entrada en territorio estadounidense de refugiados y nacionales de seis países de mayoría musulmana, y analizará la polémica norma a fondo este otoño para dilucidar si viola o no la legalidad [ver la declaración del Supremo en inglés].

El tribunal establece una importante excepción: la prohibición "no podrá aplicarse a ciudadanos extranjeros que tenga una relación creíble 'bona fide' con personas o entidades en Estados Unidos", es decir, algún vínculo con el país a nivel familiar, laboral, educativo o de otro tipo.

Esta decisión, tomada de forma unánime, implica que el Gobierno de Trump puede imponer una prohibición de 90 días a los viajeros de Libia, Irán, Somalia, Sudán, Siria y Yemen y una prohibición de 120 días a todos los refugiados que ingresan a EE.UU.  con la excepción señalada por el tribunal, por lo que a partir de 72 horas se podrá negar la entrada al país de los individuos que no tengan familiares en territorio estadounidense o que no hayan tramitado ya su ingreso para trabajar.

La primera versión del veto migratorio fue proclamada el 27 de enero y tuvo que ser sustituida por una segunda versión, bloqueada también por la Justicia. El segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.

  • La orden prohíbe la concesión de visados a siete países de mayoría musulmana
  • También suspende la entrada de refugiados de cualquier lugar del mundo
  • Tras varios bloqueos judiciales, el Supremo ha permitido su aplicación parcial
  • Son medidas temporales, pero podrían llegar a afectar a cien millones de personas