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El abogado defensor de 'La Manada', Agustín Martínez, ha afirmado en La Tarde en 24 horas que han recibido la sentencia del Supremo que eleva a 15 años la condena de sus defendidos con "profundo estupor y dolor" y ha asegurado que se podría hablar de un fallo "ejemplificante". También ha trasladado su malestar por la forma en la que se ha prodecido a la detención de sus defendidos: "Nos quejamos de la forma en la que se ha procedido a la detención, esas personas estaban en libertad provisional con fianza y ya han cumplido rigurosa y escrupulosamente todos los requisitos que se les ha establecido por parte de los tribunales que le otorgaron la libertad y simplemente, sin habérseles comunicado la sentencia, se produce la detención". El letrado ha señalado que entienden que la resolución "no se ajusta a lo que ocurrió dentro de aquél portal aquél 7 de julio de 2016", Martínez, que irá este sábado a prisión a ver a los miembros de 'La Manada', ha asegurado que hasta que no tengan la resolución completa no decidirán si recurren ante el Constitucional.

Han sido dos horas de vista pública, en la que las acusaciones, todas al unísono, aunque con algún matiz, han pedido un aumento de la condena de 9 a 18 años de cárcel de los miembros de la manada por agresión sexual, no por abuso como se han calificados los hechos hasta ahora. El meollo de la cuestión es si hubo intimidación en la violación a una joven en los San Fermines de 2016. El Ministerio público ha tirado del relato de hechos probados para defender que hubo esa intimidación, por la edad de la víctima, por su soledad frente a cinco hombres mayores y por el lugar en el que se produjeron los hechos, mientras las acusaciones populares han ido más allá, dicen que hubo violencia. La defensa de los cinco acusados ha pedido su absolución y ha cuestionado además la versión de la víctima. Dice que sus defendidos no tuvieron un juicio justo por la presión mediática y social.

Estar casado no da derecho a obligar a la pareja a tener relaciones sexuales. Así lo dice una sentencia del Supremo que se acaba de conocer. El Tribunal confirma la condena de nueve años y nueve meses de cárcel para un hombre que forzó a su mujer a mantener relaciones sexuales con él en julio de 2014. Con esta sentencia, el supremo desestima el recurso interpuesto por el agresor, que alegaba entre otras cosas, que las lesiones de su víctima eran mínimas o que no la penetró algo que la mujer demostró con un examen médico.

El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que sean ellos los que resuelvan de inmediato si el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont puede concurrir a las elecciones europeas, aunque les recuerda que en el afectado "no concurre causa de inelegibilidad". Una decisión que el Supremo extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, también huidos de la Justicia como Puigdemont, y en la que deja claro que la competencia para conocer sobre los recursos de estos tres políticos contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) que les excluyó de la lista de JxCat corresponde a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.

El Tribunal Supremo (TS) decidirá sobre el recurso presentado por Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí contra su exclusión de la candidatura europea de JxCat y se pronunciará sobre si pueden presentarse a las elecciones al Parlamento Europeo del próximo 26 de mayo. Los recursos de los tres políticos catalanes huidos habían recaído en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, pero este ha resuelto elevar a la Sala Tercera del Supremo la decisión que corresponda adoptar frente al acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que excluyó a los candidatos.

Un juzgado de Galicia ha condenado a 5 años de prisión a José Enrique Abuin, alias El Chicle, por detención ilegal y por intento de agresión sexual a una joven en Boiro, en diciembre de 2017. En el fallo, al único encarcelado por la muerte de la madrileña Diana Quer se le considera autor de un delito de detención ilegal consumado y de otro de agresión sexual en grado de tentativa sobre una joven en Boiro, según la resolución divulgada este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Una jueza de Oviedo ha ordenado el ingreso en el Hospital Central de Asturias de una mujer embarazada, de 42 años de edad, que quería dar a luz en su casa. El informe médico en que se basó esta decisión apunta a un riesgo importante para el feto. La hospitalización obligatoria ha provocado esta tarde una protesta de los allegados a la mujer frente al centro sanitario. La mujer siguió puntualmente los controles ginecológicos en la sanidad pública hasta que los abandonó en la semana 35 de su embarazo porque quería dar a luz en casa. En la semana 42 el Hospital Central de Asturias denunció el riesgo de daños graves para el feto, y la policía, por orden de la jueza, la trasladó desde su domicilio al centro sanitario. Al llegar comprobaron que ya presentaba signos de parto. Los profesionales sanitarios recuerdan que la salud del niño está por encima de la autonomía de decisión de la madre. Amigos y familiares dicen que la paciente siempre estuvo a disposición de los médicos. Esta tarde han protestado por la decisión judicial frente al hospital.