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Autorizada la extradición a España del presunto etarra Gogeaskoetxea

  • Readmiten además el cargo de intento de asesinato del rey Juan Carlos I
  • Detenido en julio de 2011 en Reino Unido, es reclamado por 15 delitos
  • Tiene la posibilidad de pedir permiso para apelar ante el Tribunal Supremo
  • La AN retrasa hasta 2021 la libertad de un etarra que atentó en Vic

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El Tribunal Superior de Londres ha autorizado este viernes la extradición a España del presunto etarra Eneko Gogeaskoetxea, detenido en julio de 2011 en el Reino Unido y reclamado por quince delitos de terrorismo.

La alta corte desestimó el recurso de la defensa, que ahora tiene la posibilidad de pedir permiso para apelar ante el Tribunal Supremo, máxima instancia judicial del Reino Unido, aunque de momento no lo ha anunciado.

El 23 de enero la Corte de magistrados de Westminster (Londres) había autorizado la extradición del sospechoso, de 44 años, desde el Reino Unido a España, donde se le reclama por delitos de terrorismo cometidos en los años 90, entre ellos el asesinato de un agente de la Policía vasca y el intento de asesinato del rey de España.

Según el dictamen dado a conocer, los jueces del Tribunal Superior John Laws y John Griffith Williams consideran "infundado" el recurso presentado por la defensa de Gogeaskoetxea, que reclamó que se paralizase la extradición alegando la falta de un juicio justo en España, y concluyen que "no hay impedimentos para la extradición".

Readmiten el intento de asesinato del rey

Además de autorizar la entrega, los magistrados readmiten el cargo de intento de asesinato del rey Juan Carlos I,  que había sido desestimado en primera instancia.

El pasado enero, la jueza Daphne Wickham aprobó la extradición de Gogeaskoetxea por todos los delitos especificados por España en sus órdenes europeas de arresto menos por ese, aceptando el argumento de la defensa de que no había pruebas que lo sustentaran.

Sin embargo, a petición del fiscal Julian Knowles -en representación de las autoridades españolas-, los jueces de la Corte Superior han decidido reintroducir el delito. Eso significa que, si Gogeaskoetxea es eventualmente extraditado, podrá ser juzgado en España también por ese cargo.

La defensa alega falta de pruebas

La defensa, encabezada por Edward Fitzgerald, había argumentado que ese cargo debía ser anulado porque también lo fue, por falta de pruebas, en el juicio contra el supuesto cómplice de Gogeaskoetxea, su primo Kepa Arronategui, quien finalmente fue condenado en España no por el intento de asesinato sino por "conspiración" para atentar contra el monarca.

La defensa de Gogeaskoetxea había alegado que su entrega a España podría violar el derecho del acusado a un juicio justo debido a que las pruebas en su contra surgieron de una confesión hecha por Arronategui cuando estaba incomunicado.

Tras autorizarse la extradición, sus abogados pueden ahora pedir permiso para recurrir ante el Supremo. Si no lo hacen,  el presunto etarra será extraditado en un plazo de diez días laborables.

Gogeaskoetxea, de 44 años, fue detenido el 7 de julio de 2011 en la ciudad inglesa de Cambridge, donde vivía bajo identidad falsa con su esposa e hijos, en virtud de ocho órdenes de arresto emitidas por la Justicia española, que lo acusa de quince delitos de terrorismo cometidos en los años 90.

Los cargos más destacados que pesan contra él son el asesinato de un agente de la Policía vasca el 13 de octubre de 1997 y el intento de asesinato del Rey que iba supuestamente a cometer el 18 de ese mes, en la inauguración del museo Guggenheim de Bilbao.

Retrasan hasta 2021 la libertad de un etarra que atentó en Vic

Por otra parte, la Audiencia Nacional ha aplicado la llamada "doctrina Parot" al etarra Juan José Zubieta Zubeldia, condenado a 1.309 años de prisión por el atentado contra la casa cuartel de Vic (Barcelona) en 1991 y que ha visto retrasada su fecha de excarcelación, prevista para el pasado lunes, hasta el año 2021.

En un auto notificado el pasado 27 de abril, tres días antes de que Zubieta quedara en libertad, la sección segunda de este tribunal explica que la situación del etarra -interno en la prisión de Monterroso (Lugo)- "es sustancialmente semejante a la que dio lugar a la sentencia del Tribunal Supremo 197/2006", en la que este órgano judicial estableció la citada doctrina.

La primera liquidación de condena practicada al preso etarra, en la que se le aplicaron los beneficios penitenciarios sobre el límite máximo de cumplimiento efectivo de 30 años de cárcel, fijó su fecha de excarcelación el 30 de abril de este año, mientras que ahora su puesta en libertad se producirá el 25 de mayo de 2021.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, los magistrados explican que, según el Supremo, "pena y condena total resultante son conceptos diferentes, sin que quepa hablar de pena de cumplimiento como un concepto autónomo y propio", de modo que los beneficios penitenciarios no deben descontarse del límite de 30 años, sino sucesivamente de cada una de las penas impuestas.

La decisión del tribunal, que ha contado con el informe favorable de la Fiscalía, puede aún ser recurrida tanto en súplica como en casación por el recluso etarra.