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'Caso Mari Luz'

La inspección del CGPJ propone sancionar con "falta muy grave" al juez Rafael Tirado

  • La falta puede ser castigada con suspensión, traslado forzoso o separación de la carrera
  • La inspección considera que Tirado actuó con "pasividad" y con "dejación de funciones"
  • Rafael Tirado retrasó más de 26 meses los trámites del 'caso Mari Luz', según el informe
  • El informe será estudiado en la comisión disciplinaria del CGPJ el lunes
  • El inspector considera que la falta muy grave de otro juez ha prescrito

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El juez Tirado podría ser suspendido

El servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera que Rafael Tirado, el juez de Sevilla que no ordenó ejecutar la sentencia que condenaba por abusos a su hija al detenido por la muerte de la niña Mari Luz Cortés actuó con "pasividad" y con "dejación de funciones".

Así lo indica la Inspección en un informe en el que propone a la comisión disciplinaria abrir un expediente al titular del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, Rafael Tirado, por una falta muy grave de desatención del artículo 417-9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que puede ser castigada con la suspensión, el traslado forzoso o la separación de la carrera judicial.

"Dada la pasividad del magistrado-juez titular, la dejación de funciones y la ausencia de control de la actividad desarrollada por los funcionarios del juzgado, puede concluirse que pudo incurrir en conducta susceptible de reproche disciplinario", añade el texto elaborado por el jefe de la Inspección, José María Gil Sáez.

La falta de un segundo juez, prescrita

En este informe, que será estudiado por la comisión disciplinaria el próximo lunes, Inspección también propone archivar la investigación abierta al juez de la Audiencia de Sevilla Javier González, que tardó casi tres años en confirmar la sentencia dictada por Tirado, porque la falta muy grave de desatención en la que podría haber incurrido ha prescrito.

Inspección cree que "como consecuencia de trámites dilatorios, errores y omisiones en la tramitación de la ejecutoria la demora ha sido de dos años, dos meses y nueve días". La cronología de esta cadena de errores comienza en noviembre de 2002, cuando el presunto asesino de Mari Luz, Santiago del Valle, fue condenado a dos años y nueve meses de prisión por abusar de su hija menor.

La baja de la secretaria judicial no le exonera

Tirado ha alegado excesiva acumulación de asuntos, así como que la funcionaria que llevaba el caso estuvo de baja.

Para el servicio de Inspección "la ausencia de dación de cuenta por la secretaria judicial (...) -sin perjuicio de su valoración disciplinaria por quien corresponda- no exonera de la obligación profesional del juzgador del deber de supervisión y control del estado de la ejecución de la sentencia".

Respecto a la actuación de Javier González dice que el lapso temporal entre la deliberación de la causa y el dictado de la sentencia fue de dos años y siete meses, pero su conducta antijurídica dejó de existir en 2005.

Sin irregularidades en la actuación de otra jueza

El Servicio de Inspección igualmente propone el archivo de la investigación respecto de la que fue magistrada del juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla Esperanza Jiménez al considerar que "no ha existido irregularidad alguna que pueda serle reprochada".

Además, propone la remisión de las actuaciones a la Fiscalía General del Estado, al Ministerio de Justicia y a la Junta de Andalucía "en orden a que valoren las conductas de los funcionarios intervinientes sometidos a su potestad disciplinaria".