A los seis días de la entrada en vigor de la Constitución española, se firmaba en la ciudad del Vaticano un conjunto de acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede que configuran el conocido como Concordato con la Iglesia Católica, por medio del cual España regula sus relaciones con esta confesión religiosa.
El CIS cifra en un 75% los españoles que se consideran católicos aunque, según el Vaticano, los católicos en nuestro país representan el 92,5% de la población.
La Constitución del 78 diseñó un modelo de Estado aconfesional, proclamando en su artículo 16 la libertad ideológica, religiosa y de culto y afirmando que "ninguna confesión tendrá carácter estatal". Sin embargo en la Carta Magna no se quiso establecer un modelo de clara fundamentación laica, en el que el Estado se mostrara indiferente a lo religioso, por entender que sus acciones y objetivos no deben entrar en un ámbito propio de la conciencia individual de las personas, limitándose a garantizar, sin discriminación alguna la libertad de creencias.