Los retrasos motivados por las limitaciones temporales de velocidad no tendrán derecho a indemnización en Renfe e Iryo. Ouigo mantiene la misma...
31/01/2026 00:01:34Continúan los retrasos en la alta velocidad motivados por las limitaciones temporales de velocidad que Adif ha impuesto en varios tramos tras el accidente. Unos retrasos que, en los billetes que se compren desde estos días a Renfe e Iryo, no tendrán las indemnizaciones habituales. Ambas compañías han sido claras: argumentan que estos retrasos no son culpa de su compañía y por lo tanto NO van a indemnizar a los viajeros. Mientras tanto, algunos viajeros tienen dificultades para realizar conexiones que ya habían previsto sin contar con los retrasos.
El tercer operador Ouigo ha optado por una estrategia diferente. Su política sigue siendo la misma y hará descuentos o devolverá la importación de los billetes en función del retraso. Las compañías pueden decidir como actuar pero desde FACUA avisan: todas deben cumplir con unos mínimos, los que marca el reglamento europeo, aunque sea menos estricto. Un retraso de una hora conlleva la devolución del 25% del importe; si es de dos horas, la indemnización debe de ser de la mitad.
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