Sin ánimo de ofender' analiza los límites a la libertad de expresión que algunas acusaciones populares están planteando en los juzgados cada vez con...
12/07/2025 00:11:40El Museo de Arte Prohibido de Barcelona ya es historia. Ha echado el cierre por razones de funcionamiento interno, pero los responsables de su colección quieren convertirla en itinerante para que sus obras continúen siendo accesibles. Muchas de ellas han sido motivo de controversia e, incluso, rechazadas por otros centros artísticos. Algunas, censuradas y, otras, denunciadas ante la justicia.
A debate, por ejemplo, la figura de la acusación popular, que ha sido ampliamente utilizada por grupos como el pesudosindicato Manos Limpias o el grupo ultracatólico Hazte Oír, que no dejan de presentar demandas de lo más dispar ante cualquier juzgado. "Nadie deja de practicar su fe, nadie deja de ir a misa, nadie deja de creer en dios por un chiste en una revista satírica", cuenta Darío Adanti, cofundador de la revista Mongolia, que ya acumula varias querellas de, entre otros, Abogados Cristianos, una de las organizaciones empeñadas, en nuestro país, en ponerle coto incluso al humor, ya no solo al arte y a todo tipo de expresiones.
En la mayoría de los casos, son demandas de alto contenido ideológico que acaban siendo archivadas porque apuntan casi siempre contra derechos fundamentales como la libertad de expresión. Sin embargo, por el camino, hasta que llegan las resoluciones judiciales, logran instalar en el debate público las discusiones que persiguen. Una discusión que, además, se extiende por muy diversos ámbitos. El de las creencias, por ejemplo: "la libertad religiosa no solamente es optar, practicar o a asistir a actos de culto, sino la posesión específica de ese derecho. Si resulta que se está ridiculizando continuamente, como dice el Código Penal, puede que se dificulte el ejercicio de ese derecho", explica Francisca Pérez Madrid, catedrática de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Barcelona.
Sin embargo, como comenta Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid, "delitos como el de las injurias a la Corona son preceptos que ya no cumplen ninguna función más que perturbadora". Para Daniel Canales, de Amnistía Internacional, "el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sido muy claro a la hora de señalar que, precisamente, las figuras públicas deben de estar expuestas a un mayor nivel de crítica y que, incluso, si esa crítica se hace desde el insulto, no puede conllevar una sanción penal". Pero hay diferencia de opiniones.
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