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Aquí hay trabajo  Despido procedente o improcedente

Aquí hay trabajo (391) - Despido procedente o improcedente

19/09/2025 00:01:41
Recomendable para todos los públicos
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Despido procedente o improcedente 00:01:41 19/09/2025
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Sinopsis

Hoy en nuestra píldora laboral te vamos a dar algunas pistas para saber si tu despido es procedente o improcedente. Si el despido es procedente te vas al paro sin indemnización, lleves los años que lleves.

  • Es procedente si procede, si hay motivos legales para que nos despidan.
  • Y es improcedente si no procede, si los motivos que dice la empresa no son legales o si lo han hecho con defectos de forma.

Vamos a dar pistas de cuándo puede ser improcedente. Fíjate en la carta de despido, ahí la empresa tiene que decir por qué te echa. Causas generales tipo “no estamos contentos”, no valen. Y todo lo que diga esa carta lo tienen que demostrar. Muchas veces las empresas justifican el despido por motivos de organización o de producción. Pues bien, eso también lo tienen que demostrar.

¿Qué tienes que hacer si crees que tu despido es improcedente? Te recomendamos preguntar a nuestros expertos o a un graduado social o un abogado laboralista. Mejor con un experto, pero tú solo también puedes presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu Comunidad Autónoma (SMAC).

Si no hay acuerdo con la empresa, tienes que demandarla y el juez tendrá que decidir si el despido es procedente, improcedente o incluso nulo.

  • Si es procedente le están dando la razón a la empresa y te vas a casa sin indemnización o con la que en su momento te dio la empresa.
  • Si el despido es nulo, vuelves al trabajo cobrando todos los sueldos que no hayas recibido desde que te despidieron.

Y si es improcedente tendrás una indemnización de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Y 45 días por año si trabajaste antes de febrero del año 2012.

Ficha técnica
Géneros
Servicio Público
Idiomas
Castellano
Accesibilidad
Subtitulado