La ley es la leyCómo se nombra al pte. del gobierno04/03/2014
El artículo 99 de la Constitución establece que después de cada renovación del Congreso, el Rey, previa consulta con los representantes de los Grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
El candidato expondrá ante el Congreso el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
Héctor Álvarez García, Profesor de Derecho Constitucional de la UNED.