Asunto del día en R5Antonio Acevedo25/04/2011
Analizamos con Antonio Acevedo, abogado de familia, la sentencia del Supremo que establece que en caso de divorcio los cónyuges deben pagar a medias la hipoteca de la vivienda.
Esto supone que la hipoteca no se considera como carga familiar. Se trata de una responsabilidad económica adquirida por los interesados y por lo tanto el banco no tiene porque asumir las consecuencias del divorcio. Cuando la hipoteca se ha asumido al 50% entre los interesados esa forma de amortización por mitad tiene que seguir manteniéndose. Un órgano judicial no debe modificar esa situación (25/04/11).