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El Gobierno pide ilegalizar ANV y PCTV por su vínculo con ETA

  • La Abogacía del Estado cree que las 2 formaciones están instrumentalizadas por ETA
  • Considera que son sucesoras de Batasuna y que siguen los postulados de la banda
  • La petición se hace en las alegaciones presentadas al Tribunal Supremo
  • Este tribunal resuelve actualmente las demandas de ilegalización de ANV y PCTV 

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La Abogacía del Estado ha pedido la ilegalización de ANV y PCTV por estar instrumentalizados por ETA y ser sucesores o continuadores de Batasuna. La solicitud al Tribunal Supremo se incluye en las escritos finales de alegaciones y valoración de pruebas referidos a los procesos de ilegalización que se siguen ante la Sala del 61 de este tribunal contra los partidos vascos PCTV y ANV.

La actividad política de ambas formaciones políticas abertzales está suspendida por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.

En el escrito referido a Acción Nacionalista Vasca, el abogado del Estado sostiene que ha quedado acreditada la dirección de Batasuna en el proceso de presentación de candidaturas en las elecciones municipales forales del pasado año, y además en los ayuntamientos en los que está presente se han asumido todos los postulados del entorno ETA-Batasuna, incluida la no condena de la banda.

Incluso, según recuerda el abogado del Estado, en los municipios de Hernani y Elorrio se han creado comisiones informativas de presos y represaliados, y realizado declaraciones en línea directa con los postulados de la organización terrorista.

Se ha acreditado también, en su opinión, la existencia de una caja única de financiación y control de estas dos formaciones junto a Batasuna y que se vació en el proceso de ilegalización, así como la actuación de esta formación en el Parlamento de Vitoria como sucesora de la formación abertzale.

Sobre PCTV considera que las pruebas acreditativas de la instrumentalización de este partido por ETA-Batasuna se han obtenido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a lo largo del período 2005-2008, empezando toda la investigación que se realizó con la aparición de PCTV en las elecciones autonómicas de 2005, tras la ilegalización por el Tribunal Supremo de la agrupación electoral Aukera Guztiak".

Agrega que el grupo parlamentario PCTV ha actuado en el Parlamento de Vitoria como sucesor de los grupos parlamentarios de Batasuna, manteniendo sus mismas posturas y siendo controlado por miembros de Batasuna.

El abogado del Estado destaca como prueba de la relación con la formación ilegalizada que las sedes de PCTV han sido fijadas por dirigentes de Batasuna.

La sentencia podría dictarse en septiembre

El pasado lunes 4 de agosto, la Fiscalía presentó sus alegaciones, en las que coincide con el Gobierno diciendo que queda probada la relación de PCTV y ANV con la ilegalizada Batasuna e insta al Tribunal Supremo a la ilegalización de ambos partidos.

El 18 de julio, el Tribunal Supremo acordó habilitar todos los sábados, domingos y festivos del mes de julio y todos los días del mes de agosto con el fin de resolver "cuanto antes" las demandas de ilegalización de ANV y PCTV.

La llamada Sala del 61, encargada de resolver las demandas, dio entonces un plazo de 20 días al Ministerio Fiscal y a la Abogacía General del Estado para que presentaran sus alegaciones finales.

Transcurrido este plazo, los partidos demandados tienen otros 20 días para formular alegaciones y el tribunal podrá decidir en los 20 días siguientes, lo que supone que a mediados de septiembre la Sala del 61 podría dictar sentencia sobre la ilegalización de ANV y de EHAK-PCTV.

La Sala del 61 está presidida por Francisco José Hernando, quien ostenta también la Presidencia del TS y del CGPJ, órgano que está en funciones desde hace más de un año y medio.

Si la renovación del CGPJ se produce antes de que se resuelvan las demandas de ilegalización, cambiaría la Presidencia del Tribunal Supremo y, por tanto, la composición de la Sala del 61, que debe pronunciarse sobre la demanda de ilegalización presentada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.