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El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este lunes varios aspectos de la reforma laboral aprobada por el Gobierno en 2012. Es el caso de la modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte del empresario, que "persigue la finalidad de procurar el mantenimiento del puesto de trabajo en lugar de su destrucción". El Pleno del Constitucional ha hecho pública la sentencia en la que desestima los argumentos que exponían el PSOE e IU en los recursos que interpusieron contra la reforma laboral por nueve votos a tres.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha imputado a los otros 78 usuarios de las tarjetas opacas al fisco de Caja Madrid, que se suman así a los expresidentes Rodrigo Rato, Miguel Blesa y el exdirectivo Ildefonso Sánchez Barcoj, y ha llamado a declarar el próximo febrero a 27 consejeros por un delito de administración desleal y apropiación indebida.

El uso de la tarjeta visa de la empresa para gastos particulares, aunque no exista limitación expresa de hacerlo por parte de quien haya autorizado su uso, constituye un delito de apropiación indebida, según ha dictado el Tribunal Supremo en una sentencia notificada este martes. "El más elemental sentido común" impone al titular de la tarjeta que debe excluir de su uso "gastos personales que no puedan revestir la naturaleza de gastos de representación y que sean ajenos al ámbito de la empresa que la sufraga", ha dictaminado el Supremo. En la sentencia del caso el alto tribunal confirma la pena que la Audiencia Provincial de Málaga impuso al administrador solidario de tres empresas y a su esposa, que trabajaba de administrativa de las mismas. Los dos condenados cargaron, entre los años 1997 y 2000, gastos estrictamente personales como comidas de fines de semana, muebles, viajes y un sistema de aire acondicionado, todo ello por valor superior a 450.000 euros, en las cuentas de la empresa.

Un tribunal penal ha condenado este lunes al exjefe de la extinta Policia Nacional de Colombia, Pedro García Arredondo, a 90 años de prisión por el asesinato de 37 personas quemadas el 31 de enero de 1980 en el incendio de la embajada de España en Guatemala.

El acusado "utilizó los medios para asegurarse de la muerte de quienes se encontraban dentro de la embajada", ha expresado el Tribunal B de Mayor Riesgo durante la lectura de la sentencia, en la tarde de este lunes.

Con esta decisión, el tribunal penal valida las conclusiones del Ministerio Público (MP) en el debate oral y público, en las que describieron la tragedia como "una operación policial clandestina", ejecutada por la PN, que "evitó el ingresó de la Cruz Roja, los cuerpos de socorro y periodistas" a la representación consular.

El Tribunal Supremo ha acordado no descontar a los etarras las penas cumplidas en Francia. Eso supone que Kepa Pikabea seguirá en prisión y otros dos etarras, 'Santi Potros' y Alberto Plazaola, podrían volver a la cárcel.

El Alto Tribunal contradice así a la Sección Penal Primera de la Audiencia Nacional, que el pasado diciembre puso en libertad a estos dos etarras. La decisión del Supremo de no descontar las penas se ha adoptado por nueve votos a favor y seis en contra.