El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que toda agresión de un hombre a una mujer en el ámbito de la pareja o expareja siempre se considerará violencia de género aunque la agresión sea mutua e independientemente de la intención o la motivación de la agresión, porque el hombre está en situación de superioridad. El Alto Tribunal ha revocado la absolución a una pareja que se agredió mutuamente y condena por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
Violencia de género
El Supremo fija que cualquier agresión de un hombre a su pareja es constitutiva de violencia de género
- Declara que los actos de violencia de hombre a mujer en una relación son de poder con independencia de su intencionalidad
- Revoca la absolución a una pareja que se agredió mutuamente y condena por violencia de género al hombre y familiar a la mujer