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Prisión sin fianza para el detenido por rociar con sosa cáustica a su expareja y a la hija de esta en Girona

  • Los Mossos d'Esquadra le denunciaron con dos delitos de lesiones, maltrato en el ámbito del hogar y amenazas
  • La mujer agredida ya lo acusó de un delito de coacciones, y él además mantiene denuncias cruzadas con el marido de la víctima

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A prisión el hombre que agredió a su expareja y a su hija con sosa caústica en Girona

La magistrada del Juzgado de Instrucción 3 de Sant Feliu de Guíxols (Girona), con competencias en violencia machista, ha acordado este jueves decretar prisión provisional para el hombre detenido por rociar con sosa cáustica a su expareja y a la hija de ella, de cinco años. Además, también se ha conocido que la cuidadora de la menor fue agredida con ese material.

En un comunicado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha explicado que la causa está abierta por un delito de lesiones y se mantiene la orden de protección para ambas. El organismo informó previamente de que este se encontraba en dependencias judiciales desde primera hora de este jueves.

Un hombre ataca con sosa cáustica a una mujer y a su hija en Sant Feliu de Guíxols

El hombre fue detenido el miércoles en la localidad gerundense y los Mossos d'Esquadra fueron los encargados de denunciarlo con dos delitos de lesiones, maltrato en el ámbito del hogar y amenazas. Estos fueron impuestos por agredir presuntamente con sosa sosa cáustica a la mujer con la que había mantenido una relación y a su hija de cinco años. Las dos ingresaron ese mismo día en el Hospital Vall d'Hebron de Barcelona con quemaduras graves por la sustancia arrojada. Se prevé que la mujer, según el estudio forense que aparece en el auto del juzgado, presente lesiones "tanto a nivel de perjuicio estético por las quemaduras cutáneas como a nivel oftalmológico por pérdida del ojo derecho".

Previamente, su expareja lo había denunciado por un delito de coacciones, mientras que él mantiene denuncias cruzadas con el marido de la víctima. Tiempo atrás, el juez encargado desestimó una orden de protección porque no se daban las exigencias para adoptarla con la información disponible, y la defensa de la mujer no recurrió la decisión. Por su parte, la defensa del acusado se ha opuesto a la medida decretada por el juzgado y este se ha remitido a lo mantenido por su abogada.