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El Supremo rebaja la inhabilitación de Artur Mas de dos años a 13 meses por la consulta de 2014

  • El alto tribunal equipara la condena del expresidente catalán a la de Francesc Homs, que fue juzgado por el Supremo
  • El Supremo también rebaja las penas de la expresidenta Ortega y la exconsellera Rigau, pero mantiene las multas

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Artur Mas y Francesc Homs en una imagen de archivo
Artur Mas y Francesc Homs en una imagen de archivo

El Tribunal Supremo ha rebajado la condena del expresidente catalán Artur Mas de dos años de inhabilitación a 13 meses por desobediencia por la celebración de la consulta del 9-N en 2014 y la equipara así a la que el alto tribunal fijó para el exconseller Francesc Homs. Este último fue juzgado por el Supremo por su condición de aforado como diputado del Congreso mientras que Mas, la expresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Educación Irene Rigau fueron juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En marzo de 2017, el TSJ de Cataluña además de condenar a Mas a dos años de inhabilitación especial, impuso también sendas penas por desobediencia a Joana Ortega (1 año y 9 meses) y a Irene Rigau (1 año y 6 meses). El Supremo ahora las rebaja y las deja en 9 meses y 6 meses respectivamente tras estudiar los recursos de casación de los tres.

El Supremo ha confirmado todos los pronunciamientos de la sentencia impugnada del TSJ de Cataluña a excepción de la duración de las penas de inhabilitación. Estas comenzarán a cumplirse a partir de ahora, una vez que es firme la sentencia, según han explicado fuentes jurídicas a RTVE.es. De esta forma, Artur Mas no podría presentarse a ningunas elecciones antes de 2020, si esa fuera su intención.

Lo que no toca el Supremo es la multa, por lo que confirma los 36.000 euros a Mas, los 30.000 a Ortega y los 24.000 a Rigau, informa Efe. La nueva sentencia, informan fuentes jurídicas, está pendiente de ultimar su redacción.

Un día antes de la vista por el procés

El alto tribunal ha resuelto así los recursos de casación un día antes de que se celebre la vista pública en la que se estudiará si es o no competente para juzgar al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los otros 17 acusados en la causa del procés, en lo que será el último paso antes de encarar el juicio el próximo año.

14 Horas - El Tribunal Supremo rebaja a un año y un mes la inhabilitación de Artur Mas - Escuchar ahora

La primera sentencia condenó a Artur Mas al entender que el presidente de la Generalitat catalana "pervirtió los principios democráticos" e "hizo quebrar" la regla básica de sumisión a la ley, imprescindible para una "convivencia pacífica" al seguir adelante con la consulta del 9 de noviembre de 2014, que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional. A Ortega y a Rigau las condenó también como "cooperadoras necesarias". No obstante, los tres fueron absueltos del delito de prevaricación.

En sus escritos ante el Supremo, Mas, Rigau y Ortega invocaron sus derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en busca de su absolución. Alegaron que sus condenas vulneraron hasta cinco preceptos constitucionales y que el TSJC erró en la valoración de algunas pruebas, no practicó una serie de diligencias solicitadas en tiempo y forma e incurrió en una serie de contradicciones.

Ya en la vista del pasado 7 de noviembre, el abogado de Artur Mas defendió que la intervención del expresidente catalán en el 9N no fue igual que la de Francesc Homs -ya condenado por esta consulta- y pidió que le absolviera para demostrar que actúa de forma "ecuánime" sin importar quién sea el imputado.