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El TSJCV procesa al exalcalde de Alicante por tres delitos contra Hacienda y cohecho impropio

  • Díaz Alperi, diputado del PP, también está imputado en el caso Brugal
  • La causa investiga pagos dudosos de tres sociedades en 2007, 2008 y 2010

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El exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi en una imagen de archivo
El exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, en una imagen de archivo.

Un magistrado de la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha procesado al exalcalde de Alicante y diputado del PP en las Cortes valencianas, Luis Díaz Alperi, por tres delitos contra la Hacienda Pública y cohecho impropio en la causa que investiga pagos dudosos realizados por tres sociades en 2007, 2008 y 2010.

La causa fue abierta, según recoge Europa Press, a raíz de una denuncia interpuesta por la Fiscalía Superior y en la misma el juez ha procesado también a tres empresarios y ha acordado el sobreseimiento de la causa respecto de otro imputado.

Así, el auto detalla que la cantidad defraudada por Díaz Alperi en el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) excede en cada ejercicio los 120.000 euros, para lo que se podría haber valido de personas interpuestas.

Así consta en la resolución, de fecha 3 de diciembre, en la que el instructor de esta causa procesa también a dos empresarios --Antonio M.R. y Antonio S.Y.-- por estos mismos delitos. El magistrado requiere a los tres imputados a que presten o garanticen el pago de las responsabilidades pecuniarias que pudieran ser declaradas y que ascienden en Díaz Alperi a 1,4 millones de euros y a 900.000 y 625.000 euros en el caso de los otros dos.

Denuncia de la Fiscalía

El magistrado ha concluido la instrucción y ha dado traslado de lo actuado al ministerio fiscal y a la acusación personada, Abogacía del Estado en representación de la Agencia Tributaria, para que soliciten bien la apertura del juicio oral formulando el correspondiente escrito de acusación, o bien el sobreseimiento que pueda proceder o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias, según ha informado el TSJCV.

De igual modo, procesa por cohecho impropio a Díaz Alperi por no pagar el amarre de su embarcación en las instalaciones de la Marina Deportiva del Puerto de Alicante --donde estuvo entre 2008 y 2013-- y al gerente de la instalación, al entender que se lo permitió personalmente de forma gratuita "en consideración a su influencia en la ciudad y su condición pública".

En el auto, el instructor acuerda incoar procedimiento abreviado por tres delitos contra la Hacienda Pública en los que podrían haber incurrido Alperi y dos de los empresarios contra los que se dirigía la denuncia, y atribuye indiciariamente al exalcalde y al responsable de la Marina Deportiva un cohecho impropio.

La causa partió de una denuncia interpuesta por la Fiscalía Superior contra Díaz Alperi en la que el ministerio público, en base a un informe de la Agencia Tributaria, ponía de manifiesto pagos dudosos avalados por tres sociedades en los ejercicios 2007, 2008 y 2010 que podían constituir tres delitos contra la Hacienda Pública, así como de falsedad en documento mercantil.

Simulación de actividades de compra-venta

Según explica el instructor en el auto, en el caso del ejercicio de 2007, y en relación con una operación de crédito de 942.678 euros relacionada con el exalcalde y los dos empresarios, presenta la "apariencia" de tratarse de una operación "totalmente simulada" que en la medida que le ha determinado un aumento patrimonial no justificado, llevó a Hacienda a considerar, tras una investigación, que procedería realizar una regulación en la declaración del IRPF por 405.351 euros.

Sobre 2008, los hechos giran sobre la adquisición de un catamarán --'Akra Uno'-- por parte del ex primer edil valiéndose de una sociedad patrimonial, en la que parte del precio fue abonado por uno de los empresarios procesados.

Según el magistrado, desde el momento en el que, de acuerdo con la investigación de Hacienda, la embarcación podría pertenecer a Alperi, que es quien la usa y asume sus gastos, --a lo que se une que la sociedad carece de actividad-- se debe considerar como una ganancia no declarada la aportación del empresario, que alcanzó los 264.500 euros y una necesidad de regularizar la cuota de 144.862 euros.

Esta situación se repitió en 2010 cuando, a través de la simulación de diversas operaciones de compra-venta de participaciones de esta sociedad con la intervención del mismo procesado, se habrían producido nuevos pagos por tercero para la adquisición de la embarcación y el exalcalde facturó ingresos derivados de su actividad profesional a nombre de la entidad, lo que supondría ingresos no declarados de 308.209 euros y la necesidad de regularizar con Hacienda 132.468.

El exalcalde alicantino también está imputado en el TSJCV por los supuestos delitos de revelación información privilegiada, tráfico de influencias y cohecho en la causa separada del caso Brugal, que investiga presuntas irregularidades en la tramitación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Alicante.