Competencia multa con 1,7 millones a SGAE por sus tarifas en bailes de bodas

  • Según el organismo 'ha abusado de su posición de dominio'
  • La SGAE recurrirá y recuerda que las tarifas para hostelería fueron negociadas
EFE 

 La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) una multa de más de 1,7 millones de euros al considerar que ha abusado de su posición de dominio en la aplicación de sus tarifas para bailes de bodas, bautizos y comuniones.

En una resolución notificada hoy, la CNC responde a la denuncia presentada en enero de 2010 por tres restaurantes contra la SGAE, única entidad autorizada en España para la gestión de las autorizaciones y los pagos que deben abonar los propietarios de las salas de restauración que quieren poner música en este tipo de celebraciones.

Competencia considera que la entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual ha efectuado descuentos "de forma discriminatoria y no transparente" y ordena a la SGAE a que ponga fin a la denominada "tarifa sustitutoria", vigente desde 2009.

Esta tarifa grava con un 15 por ciento a aquellos empresarios que no notifiquen por anticipado el número y aforo de los eventos que vayan a celebrar al mes siguiente, una medida que, ha asegurado a Efe la portavoz de la SGAE, Julia Altares, nunca ha llegado a ser aplicada.

La resolución determina que la SGAE ha desarrollado una política de opacidad porque, mientras que los miembros de las asociaciones con las que había firmado convenios tenían derecho a bonificaciones del 20 por ciento sobre la tarifa general, los empresarios individuales "ni siquiera conocían la posibilidad" de acceder a dichas reducciones en el coste.

Las normas de competencia, aclara la resolución, no se oponen a que los operadores dominantes apliquen a sus clientes descuentos diferentes siempre que respondan a criterios objetivos "y que además sean transparentes y conocidos por todas las partes de antemano".

La SGAE recurrirá la sanción


Tras conocer la resolución, la SGAE ha indicado que, sin perjuicio de su acatamiento, recurrirá la sanción impuesta y ha recordado que las actuales cantidades establecidas por la entidad son el resultado de la negociación mantenida con los representantes del 95 por ciento de las empresas del sector, en concreto con la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) y la Federación Española de Hostelería (FEHR).

La SGAE, ha indicado Julia Altares, se siente "obligada" a recurrir por sus socios y por sus clientes la multa, cuya cuantía ha considerado "injustificada".
La portavoz de la entidad ha expresado su sorpresa por el hecho de que la sanción se imponga cuando se está acometiendo un proceso de renovación de la política comercial para conseguir que sea más flexible y dialogante con los clientes.

Además, la SGAE recuerda que hace un año se adelantó al sentido de esta resolución de la CNC y que, desde entonces, todos los usuarios que cumplan los requisitos de pagos adelantados o domiciliación bancaria de sus pagos pueden acogerse a los descuentos pactados con las asociaciones.

La entidad de gestión ha subrayado el hecho de que Competencia haya reconocido el derecho de los autores a recibir una remuneración de los hoteles y empresas de restauración que organizan celebraciones en las que se utilice música y que no ponga en duda los precios fijados por la SGAE por la utilización de su repertorio musical.

Estos descuentos, ha explicado la SGAE, responden al cumplimiento del deber legal de la entidad "de negociar con asociaciones de usuarios y la estimulación de alcanzar convenios colectivos que eviten los litigios y una negociación individual, lo que redunda en el ahorro de los costes de gestión".

La portavoz de la SGAE ha defendido esta "tarifa sustitutoria" ya que con ella se trataba de evitar la presencia de inspectores de la entidad en estas celebraciones en las que los empresarios habían informado por adelantado del repertorio de música que se iba a utilizar.

En la determinación del importe de la multa, la CNC ha tenido en cuenta la agravante por reincidencia dado que la SGAE ya fue sancionada el 25 de enero de 2002 por el Tribunal de Defensa de la Competencia por un abuso de posición dominante.

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