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Coronavirus

Un juzgado investiga al delegado del Gobierno en Madrid por permitir las concentraciones del 8M

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La denuncia es más amplia, pero el juzgado solo tiene competencias respecto al delegado de Gobierno de Madrid.
La denuncia es más amplia, pero el juzgado solo tiene competencias respecto al delegado de Gobierno de Madrid.

Un juzgado de Madrid ha abierto diligencias previas contra el delegado del Gobierno en la comunidad madrileña, José Manuel Franco, a raíz de una denuncia presentada por un particular por haber permitido concentraciones multitudinarias entre los pasados días 5 y 14 marzo, incluyendo las que tuvieron lugar con motivo del 8M.

Así lo ha acordado la titular del juzgado de Instrucción número 51 de Madrid tras recibir el pasado viernes 20 de marzo la denuncia de un particular contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y contra todos los delegados del Gobierno de las diferentes comunidades autónomas, así como Ceuta y Melilla.

La denuncia señala que no se prohibieron concentraciones multitudinarias entre el 5 y el 14 de marzo "a pesar de la recomendación emitida por el Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades" del pasado día 2 por la expansión del coronavirus COVID-19.

Solo tiene competencias sobre el delegado del Gobierno de Madrid

El juzgado explica que solo ha incoado diligencias previas respecto al delegado de Gobierno de Madrid por ser el único sobre el que tiene competencia e insta al denunciante a que, si lo estima, traslade la denuncia ante los órganos competentes: el presidente del Gobierno, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y el resto de delegados de Gobierno, ante los órganos judiciales de sus comunidades autónomas.

Las diligencias previas que se han incoado tratan de determinar si se pudieron cometer delitos de prevaricación administrativa y lesiones por imprudencia profesional.

En el marco del procedimiento, la juez ha ordenado una batería de diligencias de investigación a la Guardia Civil y al médico forense, con expresa advertencia de que no son urgentes y que deberán, por tanto, practicarse cuando su disponibilidad lo permita a la vista de la evolución del estado de alarma.