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El Supremo admite a trámite el recurso de Viesgo contra el nuevo bono social eléctrico

  • El alto tribunal ya anuló el año pasado el modelo anterior de esta ayuda
  • El nuevo sistema aprobado en octubre mantiene la contribución de las eléctricas
  • La empresa argumenta que debe financiarse con dinero público

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Un contador antiguo de consumo de electricidad
El alto tribunal ya anuló el año pasado el sistema del anterior bono social a raíz de un recurso de la eléctrica cántabra y de Endesa.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo presentado por Viesgo contra el real decreto que establece el nuevo bono social eléctrico, aprobado el pasado octubre por el Gobierno.

Según publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE), el tribunal admitió el recurso presentado por Viesgo Infraestructuras Energéticas el pasado 23 de noviembre.

Según han indicado fuentes de la compañía a Europa Press, el recurso pone en cuestión la obligación de las empresas comercializadoras a contribuir al esquema, cuando -a juicio de la eléctrica- debería correr a cargo de los Presupuestos Generales del Estado o de otras partidas públicas dado que se trata de una política social contra la pobreza.

A este respecto, Viesgo señala la necesidad de que exista un bono social para la electricidad, pero con otro esquema de financiación. Además, destaca que las empresas eléctricas también están desarrollando políticas para proteger a los consumidores vulnerables.

El tribunal ya anuló el modelo anterior del bono

En octubre del año pasado, el Tribunal Supremo ya tumbó el anterior mecanismo de bono social al estimar los recursos interpuestos por Endesa y Viesgo y reconocer el derecho de los demandantes a cobrar una indemnización por las cantidades abonadas dentro del bono social establecido en el real decreto de 2014.

Este fallo del Supremo anuló el mecanismo de financiación del anterior bono social eléctrico y obligó al Gobierno a diseñar un nuevo sistema.

El nuevo real decreto regula la obligación a las empresas comercializadoras (o sus matrices, en el caso de grupos empresariales) a financiar el bono social, en función de su cuota de clientes.

De esta forma, se mantiene el sistema por el cual el coste del bono social es asumido por las empresas comercializadoras como un servicio de interés general, sin cargarlo sobre los consumidores o los presupuestos estatales.

Un bono social para ayudar a los más vulnerables

El nuevo bono social de electricidad entró en vigor a principios de octubre y está basado en criterios de renta para que puedan acceder los consumidores que más lo necesitan y supone descuentos de hasta el 100% para los considerados consumidores en riesgo de exclusión social (para ellos, la factura de la luz se paga al 50% entre las empresas comercializadoras y las administraciones públicas).

Además, para este tipo de consumidores las comercializadoras de electricidad no podrán proceder al corte de suministro en caso de impago.

El descuento en la factura eléctrica es del 25% para los considerados consumidores vulnerables, que son aquellos con una renta anual de la unidad familiar que sea inferior a unos determinados umbrales, que varían en función del tamaño del hogar. Ese umbral se incrementa para el caso de personas con discapacidad, para víctimas de violencia de género o de terrorismo.

Además, tienen derecho al bono social los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas.

Todas las familias numerosas también son consideradas consumidores vulnerables.

El descuento se amplía hasta el 40% para los consumidores considerados vulnerables severos, aquellos cuya renta familiar es inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los vulnerables.