No recomendado para menores de 7 años La ley es clara. A partir de 50.000 euros se está obligado a informar de las cuentas bancarias en el extranjero...acciones, valores, seguros de vida. Y también los bienes inmuebles.  Afecta a todoslos residentes  los residentes en España. Incluso al millón de extranjeros que declaran IRPF.