Lunes a viernes a las 09.30 horas
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(Música)
Buenos días.
Buenos días, tiene que pagar la factura del empresario,
es un gasto que has hecho por motivo de tu trabajo,
te has quedado aislado. En cuanto a la cuantía del hotel,
y cuanto tiene que pagar la empresa,
hay que verlo el convenio colectivo para ver si lo establece o no,
porque habla de dietas, de manutención,
pero no hablar de alojamiento. Y también si se llega a un acuerdo.
Si no se llega a un acuerdo, su marido tendrá que ir
a la jurisdicción social para saber si son 130 E
las que tiene que pagar vuestra cantidad. En principio,
es un gasto cometido por el trabajo, se ha quedado aislado
y no es culpa del trabajador. No tiene que abonar la empresa.
No es legal que te despidan por contraer el coronavirus.
El contrato durante el tiempo de período de prueba se puede rescindir
sin causa alguna, en el artículo 14 del estatuto de los trabajadores.
Durante cuánto tiempo, durante el tiempo del tiempo
convenio colectivo, no pueden superior a dos meses
para trabajadores, seis meses para titulados superiores.
En empresas de menos de 25 trabajadores,
no puede ser superior a tres meses,
y si es un contrato con una duración mayor a seis meses
no puede ser inferior a un mes.
Tendríamos derecho para proporcionar
la paga extra de vacaciones. A María ha sido despedida
por tener coronavirus, es una causa de discriminación,
aunque estudiamos dentro de el periodo de prueba,
no podemos despedir vulnerando los derechos fundamentales
de los trabajadores, el derecho a la igualdad y no ser discriminados.
Los dísela Constitución Española y el estatuto de los trabajadores.
Marina, puedes recurrir contra ese despido en un plazo
de 20 días hábiles
y una sentencia del juzgado de lo social número 9 de Murcia
de un caso de una trabajadora de un supermercado,
comunica que tiene síntomas compatibles con COVID,
y la despiden. No es una causa de despido improcedente,
en ese despido nulo, porque ataca a su derecho a la igualdad,
a la discriminación, y considerar el juez que COVID
es una enfermedad como estigma, y calificó de despido nulo
con la vuelta inmediata de la trabajadora
a su puesto de trabajo en las mismas condiciones.
Marina, recurre.
Con la actuación de la Inspección de Trabajo,
que se sancionará a la empresa por vulnerar los derechos
de los trabajadores con 3200 E, se había lesionado el derecho
a la igualdad ante la trabajadora.
Lo que puede denunciar a la Inspección de Trabajo,
bien a través de la comunicación anónima, o bien a través
de una denuncia con tu nombre y apellido y será confidencial.
En el artículo 29 del estatuto de los trabajadores,
en el pago será puntual en fecha y hora y lugar convenido,
según usos y costumbres, pero ese periodo no podrá superar por mes.
En tu caso, si tienes el pago retenido hace cuatro semanas,
puedes denunciar a la inspección y puede sancionar a la empresa
por infracción grave.
Si hablamos de más meses, una infracción muy grave.
Te recomiendo ponerte en contacto con la Inspección de Trabajo,
te ayudaremos.
Hasta la próxima semana.
(Música)
Tasas de matrícula, seguros, 1500 E más 1200 más cada mes.
Son las ayudas para hacer un máster en Estados Unidos que convoca
el Ministerio de universidades con la participación de la comisión.
Harvard, Yale, Columbia, sirve para cualquier campus del país.
Debes haber terminado los estudios universitarios
después del 1 de enero de 2017 pero no en este curso.
Inscripción y requisitos en ciencia.com.es.
El inglés debe ser excelente. La fundación ICO
pone en marcha 25 becas para estudiar chino mandarín
en la capital del gigante asiático. El objetivo es favorecer
las relaciones económicas con China.
Debe ser titulado universitario, de 22 a 39 años,
conocimientos mínimos de su idioma, y un B2 de inglés.
Más detalles en la fundación ICO.
Incluye gastos de traslado, matrícula, seguro médico de 4600 E
para gastos personales.
El centro de arte laboral ofrece la oportunidad de realizar su proyecto
a cualquier artista o colectivo.
Debe girar en torno a las zonas tecnologías y el medio ambiente.
Se realizará y se expondrá en el laboral en Gijón.
Cubre los gastos derivados de la residencia, alojamiento y traslado
más 2500 E de honorarios y una bolsa de producción de 4500 E.
Todo lo que necesitáis si os interesa
esta en la página web hasta el 10 de febrero.
(Música)
Eso en la pregunta fácil, pero en las circunstancias
en las que estamos ahora mismo, no es tan fácil,
porque los vuelos están limitados a personas residentes, es decir,
con un permiso de residencia, o nacionalizados,
pero es verdad que se marca que determinados familiares
de ciudadanos españoles pueden venir a España.
Me lo he apuntado bien, porque como va a depender,
porque colombiano no es un país que necesita visa,
va a depender de la aerolínea y la aduana,
pues que intenten, la medida de lo posible,
traer todo cuadriculado para que no tenga ningún problema
y le den un vuelo.
En principio, es reagrupable un hijo mayor de 21 años
porque es hijo de una ciudadana española.
Aquí no importa que sean mayores de 21 siempre que se pruebe
la dependencia económica.
La madre tiene que hacer un acto de manifestación ante notario,
y ya que le ponga que es auténtico su Documento Nacional de Identidad.
Tiene que presentar el pasaporte español,
la prueba de tener una vivienda alquilada o en propiedad.
Primero la madre.
Con trabajo, etc. Una vez con toda la documentación se la tiene
que mandar al hijo, y sobre todo, en las pruebas
de que ha estado mandando dinero. ¿Hay la cantidad específica?
Depende del PIB de cada país, pero por hacer una media,
si le está mandando a partir de 200-300 E, mejor que mejor,
porque si no, no va a llegar.
Tampoco la ley no establece un mínimo, pero el sentido común...
Como mínimo, un año.
Todas las pruebas se las va a pedir la aerolínea, y después, aquí,
y por lo que es muy importante, con una PCR
antes de las 72 horas anteriores.
Con todo eso, aún así, tener suerte y con un resultado negativo,
y la persona con el control de policía,
le cuadre que todo está bien, que todo le parezca perfecto y entre,
y en España, tiene que volver a pedir,
ya no le vale la resistencia de hace dos años.
Tiene que volver otra vez con la tarjeta de familiar
de ciudadanos de la UE.
En el momento que solicite la tarjeta.
Primero hay que ver en el permiso de partida.
No es lo mismo un permiso de residencia no laboral
en el país de origen a una autorización
de circunstancias excepcionales.
La segunda es más fácil, tienen que dejar pasar un año.
Hay que pedir la compatibilidad,
pero hay que cambiar cuenta ajena o cuenta propia.
Como mínimo, un año de residencia,
lo que nunca haría la solicitud en el momento de la renovación.
Si dicen que no, se quedan sin nada,
es mejor renovarla que tienen ahora mismo,
y al día siguiente de tener la tarjeta,
solicita la modificación, si es cuenta ajena,
por un empleador. Por el empleador que quieren hacer un año
a jornada completa, etc. etc.
El niño no necesita nada.
Seguro que está escolarizado.
En principio tiene que esperar un año de residencia.
Ya renovaría los papeles que tiene ahora mismo, y en ese momento,
es más fácil cambiar a cuenta ajena, intentaría cambiar a cuentaajena,
y si quiere montar un negocio propia,
pero puede pedir la compatibilidad.
Modificación de tarjeta con un empleador,
y posteriormente, la compatibilidad.
La cita de toma de huellas, por lo menos, en Madrid,
se han solucionado hace unos días. Se dan todas las del mundo,
han logrado acabar con la mafia que vendía las citas.
Es una renovación, un permiso de residencia que ha caducado
durante el primer estado de alarma.
Saber que se ha prolongado hasta el 12 de diciembre.
Cuenta con otros 90 días, está en plazo.
El problema es que cuando se hace 90 días después,
en algunas delegaciones o subdelegaciones cobran una multa,
es una infracción leve.
Las infracciones leves hasta 300 E.
(Música)
"Aquí hay trabajo".
(Música)
Hoy, en Aquí hay Trabajo, ventajas e inconvenientes de la semana laboral de 4 días; la solución a nuestras dudas sobre qué es legal y no lo es en el trabajo; asesoramiento personalizado para trabajadores extranjeros, y 316 ofertas de empleo.