Protegemos tu privacidad   "No pueden hacerte una foto en playa y utilizarla" 01/07/2020 06:16

Resolución de procedimiento sancionador por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, por infracción del contenido del artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos, al autor de las imágenes obtenidas de manera subrepticia, es decir, sin el consentimiento de las personas afectadas. Más información en www.aepd.es.

Protegemos tu privacidad
Más opciones