Enlaces accesibilidad

Las migrantes en situación irregular embarazadas ya están protegidas por la ley

  • La Ley de Extranjería establece que no puedan ser expulsadas cuando estén en situación de vulnerabilidad

Por
Organizaciones que trabajan con personas inmigrantes tildan de innecesaria la propuesta del PP sobre la adopción

El líder del Partido Popular ha asegurado sentirse víctima de una "fake news" por la interpretación que los medios de comunicación y las redes sociales han hecho de su propuesta para garantizar la no expulsión de las mujeres inmigrantes sin papeles mientras estén en un proceso de adopción. Pablo Casado ha defendio que lo que su medida plantea es que los datos de están mujeres sean confidenciales para que no pueden ser expulsadas, pero en ningún caso sería un blindaje de forma permanente. La polémica, ante la que han reaccionado Gobierno, partidos, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil, plantea las siguientes preguntas:

¿Qué dice la "Ley de Extranjería"?

El artículo 57.6 de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, más conocida como Ley de Extranjería, establece que no se puede expulsar a mujeres embarazadas "cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o la salud de la madre". Y aunque no fuera así las mujeres podrían acreditar extrema vulnerabilidad o pedir asilo.

Save the Children y otras organizaciones que trabajan con migrantes consultadas por RTVE reconocen que, aunque en alguna ocasión se las puede haber expulsado, en la práctica "siempre se antepone la situación de vulnerabilidad a la situación irregular" y se prioriza el interés superior del menor. La portavoz de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, Paula Files, critica que se haya abierto este debate: "Parece que representa un ataque a la mujer, un ataque a las personas migrantes, que además ahora mismo era una medida que no es necesaria porque el ordenamiento jurídico ya da unas garantías", asegura.

Actualmente, no existen datos estadísticos de las mujeres embarazadas sin papeles que llegan a España, según el Ministerio de Interior. Sin embargo, Cruz Roja Española ha contabilizado hasta 450 mujeres desde el 1 de enero de 2018.

¿Los datos de un proceso de adopción son confidenciales?

Fuentes del partido matizan que lo que propone el PP es ampliar en el ámbito estatal un protocolo de adopción que ya existe en la Comunidad de Madriddesde el año 2009 y que asegura el anonimato de la madre "mediante "un proceso de carácter confidencial".

Desde Interior, sin embargo, responden que "cualquier" persona que entre en territorio español por cualquiera de las vías de entrada, ya sea de manera regular o irregular, "está reseñada". Y hace hincapié en que, en virtud de la Ley de Protección de Datos, en España "no se cruzan" las bases de datos. Es decir, que en la actualidad, si una persona en situación irregular acude al médico o a hacer un trámite de adopción "no se informa a la Policía".

¿Qué dice el protocolo de la Comunidad de Madrid?

El protocolo regional que toma como referencia el PP es el "Protocolo de Intervención ante abandonos" para los casos de renuncia o abandono del cuidado del recién nacidos en las maternidades de la Comunidad de Madrid. Un protocolo vigente desde 2009 que "ofrece garantías jurídicas y de seguridad" tanto a las madres que desean renunciar al cuidado de sus hijos como a los menores.

Según este documento, la mujer que decida no seguir adelante con el proceso de maternidad, se le debe informar de que "es un proceso de carácter confidencial" que evita su conocimiento en su entorno más próximo. Además, en cumplimiento de este protocolo, los datos de la mujeres embarazadas, están "sujetos a reserva" y solo aparecen en la partida de nacimiento original y documentos del expediente de adopción. Desde el gobierno regional madrileño aseguran que en ningún caso se notifican los datos de las mujeres que entran en el proceso a la policía.

Sobre los efectos en la situación legal de la mujer, el protocolo no tiene ningún efecto sobre la situación legal ni administrativa de la mujer. En el documento se detalla que deberá comparecer ante el juez "para cumplir el trámite de audiencia en el procedimiento de adopción", una comparecencia que "tampoco tiene perjuicios posibles para la madre, sea cual sea su situación de residencia u otras". Además, este procedimiento "en ningún caso da derecho al permiso de residencia", aclaran a EFE fuentes de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.