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Juicio por el desafío independentista

El Supremo juzgará el 'procés' pero envía la causa a Cataluña para seis de los acusados

  • La Sala Penal enjuiciará a doce líderes independentistas, entre ellos, el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras
  • El Supremo argumenta “razones de operatividad ligadas a la previsible complejidad y duración del juicio” para trasladar la causa

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El magistrado Manuel Marchena preside el tribunal, junto al juez Andrés Martínez Arreieta, al inicio de la vista por las cuestiones previas del caso del "procés".
El magistrado Manuel Marchena preside el tribunal, junto al juez Andrés Martínez Arreieta, al inicio de la vista por las cuestiones previas del caso del "procés".

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves por unanimidad su competencia para enjuiciar los delitos de rebelión y de malversación de caudales públicos en la conocida como causa del 'procés', y ha remitido al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña la parte que afecta a los seis procesados a los que el Fiscal sólo acusaba de desobediencia.

La Sala Penal enjuiciará en Madrid a los acusados de delitos de rebelión y malversación de caudales públicos: Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquin Forn, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart, Dolores Bassa, Carme Forcadell, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila.

"Ninguna razón concurre para que esta Sala deba declinar su competencia para el conocimiento de los hechos que el Fiscal considera constitutivos de un delito de rebelión o malversación", aparece reflejado en en el auto de este jueves redactado por el magistrado Manuel Marchena.

En cuando a la causa de Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet Santacana, Joan Josep Nuet, y Mireia Aran Boya, acusados de un delito de desobediencia, el Supremo estima la declinatoria de jurisdicción al TSJ de Cataluña.

Las razones por las que se juzgará en Cataluña

La petición de transladar la causa a Cataluña vino dada el pasado 18 de diciembre por la defensa de los líderes independentistas, al afirmar que los hechos ocurrieron integramente en esta región y, por lo tanto, debían ser juzgados por el TSJ de Cataluña.

Según el auto, el Supremo ha desestimado la cercanía del domicilio de los acusados como razón para trasladar la causa. "Ningún sistema procesal contempla la cercanía domiciliaria como fuero determinante de la competencia en el proceso penal", aparece en el escrito.

No obstante, ha aceptado la petición de llevar la causa de los acusados por desobediencia a Cataluña debido a “razones de operatividad ligadas a la previsible complejidad y duración del juicio”.

La división de ambas causas marca, de esta forma, este último paso antes de iniciar el juicio de la llamada "causa del procés" el próximo año.