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El CGPJ suspende de forma cautelar al juez Salvador Alba

  • La Fiscalía canaria pide diez años de cárcel para el magistrado
  • Le acusa de haber manipulado una causa penal que instruía como sustituto
  • Su propósito, según la Fiscalía, habría sido perjudicar a la juez Rosell

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Imagen de archivo del magistrado Salvador Alba, durante el juicio por el "Caso Faycán".
Imagen de archivo del magistrado Salvador Alba, durante el juicio por el "Caso Faycán".

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado la suspensión cautelar del magistrado de la Audiencia de Las Palmas Salvador Alba, tras abrirse contra él juicio oral por delitos de prevaricación, cohecho, falsedad documental, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios.

La Comisión Permanente del CGPJ ha decidido que quede suspendido de funciones hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dicte sentencia. La Fiscalía ha pedido diez años de cárcel y 29 de inhabilitación para Alba acusado de haber manipulado una causa penal para perjudicar a la magistrada Victoria Rosell, entonces diputada de Podemos en el Congreso por Las Palmas.

Alba está de baja desde hace meses, situación que ha afectado directamente a la resolución de una de las causas de corrupción más importantes juzgadas en Canarias en los últimos años, el llamado caso Faycán, del que es ponente.

Además de acordar la suspensión del magistrado, la Comisión Permanente ha instado al presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas a adoptar "con carácter de urgencia" las medidas necesarias para solventar las distintas situaciones en las que se encuentran los procedimientos en los que Alba ha intervenido y que todavía no se han fallado, como el caso Faycán

El CGPJ explica que hubo ocho intentos infructuosos de informarle

Respecto a la supuesta nulidad de la notificación del trámite de audiencia por haberse superado el plazo legal de diez días y por haberse realizado por una fuerza policial, el CGPJ explica que hubo ocho intentos infructuosos de informarle, primero a través de la letrada de la administración de justicia de la Audiencia de Las Palmas y después mediante un servicio de mensajería postal.

Al fracasar esas vías fue cuando se recurrió a la Comisaría Local de la Policía Nacional de Telde, explica el CGPJ. Respecto a la supuesta falta de firmeza del auto de apertura de juicio oral, el Consejo destaca que la resolución "informa de manera explícita que contra el mismo no cabe interponer recurso alguno".

Tampoco influye en la decisión del CGPJ el que Alba esté de baja laboral ya que, recuerda,  la ley exige que la suspensión se ejecute de manera inmediata tras la apertura de juicio oral,  ya que esta situación de baja no impide a Alba "participar en las juntas de magistrados e, incluso, acceder al órgano jurisdiccional".

Que pueda hacerlo tras abrírsele juicio oral por hechos cometidos en el ejercicio de su cargo, destaca el CGPJ, compromete "la imagen con la que el Poder Judicial debe aparecer ante la sociedad en un Estado Social y Democrático de Derecho".

De baja desde que se le abrió juicio

La Comisión Permanente subraya además que "no sería menor el demérito para esta imagen" que se produciría si la baja de Alba, que le incapacita para su trabajo como magistrado "pero no para acometer un viaje transoceánico a las islas Maldivas", dejara sin efecto la suspensión cautelar.

Alba se encuentra de baja desde poco después de que la Sala de lo Penal del TSJC decidiera juzgarle por cómo dirigió una causa penal en la que había sustituido como instructor a Victoria Rosell.

El magistrado advirtió también en sus alegaciones de que si era suspendido no podía presentar la ponencia de la sentencia del caso Faycán cuando recibiera el alta medica, situación que, en opinión del CGPJ, debe resolver la Audiencia Provincial de las Palmas.

Se ha pedido así al presidente de ese tribunal que informe "a la mayor brevedad" de las medidas que adopte al Servicio de Inspección del Consejo, que hará seguimiento de las causas hasta su finalización. La suspensión cautelar de Salvador Alba será efectiva una vez que al magistrado le sea notificado el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente.