Enlaces accesibilidad
Brecha salarial

La justicia condena a una empresa por pagar menos a una mujer que a sus compañeros hombres

  • El TSJ de Andalucía condena a la empresa a indemnizarla con 35.000 euros
  • Según la sentencia, recibió retribuciones "sustancialmente inferiores" que ellos
  • Cobraba menos a pesar de que también era jefa y tenía la misma categoría
  • Navega por el documental interactivo 'En la brecha' del Laboratorio de RTVE.es

Por
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dicta una sentencia contra la brecha salarial
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dicta una sentencia contra la brecha salarial

La justicia ha condenado a una empresa a indemnizar con 35.000 euros a una mujer por haberle pagado menos dinero que a sus tres compañeros varones a pesar de que los cuatro ocupaban puestos de la misma categoría profesional como responsables de departamento.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considera probado que esta trabajadora, que llegó a preguntar por esta diferencia salarial al gerente de la empresa y que fue despedida finalmente, percibió unas retribuciones "sustancialmente inferiores" que el resto de jefes durante tres años (2014, 2015 y 2016), según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe y Europa Press.

La Sala de lo Social del TSJA con sede en Málaga ha desestimado así el recurso de suplicación interpuesto por la empresa contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Málaga en agosto de 2017, que fallaba a favor de la trabajadora.

La demandante comenzó a trabajar en diciembre de 1994 como oficial de primera y en 1996 fue nombrada responsable del departamento de administración de la empresa, dedicada a la prestación de servicios administrativos de gestoría en la tramitación de expedientes de operaciones financieras.

La mujer reclamaba la equiparación salarial con sus compañeros

A finales de enero de 2016, la empleada preguntó al gerente de la empresa sobre los motivos que justificaban tales diferencias retributivas sin obtener respuesta.

La mujer, que fue despedida en mayo de 2017, reclamaba la equiparación salarial con sus compañeros y que se le reconociera para ese año el salario total anual de 48.950,16 euros.

La sentencia de instancia estimó en parte la demanda sobre la tutela de derechos fundamentales promovida por la trabajadora, declaró la vulneración de su derecho a no sufrir discriminación salarial por razón de sexo y condenó a la empresa a restituir un salario anual de 48.950,16 euros en lugar de 33.672 euros.

Además condenó a la compañía a abonarle una indemnización de 35.000 euros por los "daños y perjuicios sufridos" por el improcedente comportamiento empresarial.

"Vulneración del derecho de igualdad y no discriminación salarial"

Ahora, la Sala de lo Social del TSJA señala que "resulta incuestionable" que la trabajadora ha percibido durante los últimos años unas retribuciones inferiores a las de los otros responsables de departamento, por lo que ante esos "indicios discriminatorios" debe ser la empresa la que acredite que esa diferencia tiene justificación "objetiva y razonable".

"No habiendo logrado la empresa desvirtuar la existencia de una discriminación retributiva" entre ella y sus compañeros varones, debe desestimarse el recurso y confirmarse la sentencia en cuanto a la vulneración del derecho de igualdad y no discriminación salarial por razón de sexo, señala.

La sentencia añade que la interposición de una demanda de tutela de derechos fundamentales no exige que la relación laboral se encuentre viva y vigente en el momento de formulación de la misma si los hechos se produjeron antes de la extinción del contrato de trabajo.

Y especifica que la empresa deberá abonar el nuevo salario hasta la fecha de la extinción del contrato de trabajo -mayo de 2017-, un mes antes de la interposición de la demanda que dio origen a las actuaciones.