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La Audiencia ordena investigar a Borrell y otros exconsejeros de Abengoa por presunto fraude de cuentas

  • El juez Moreno había rechazado una querella interpuesta contra ellos
  • Ahora la Sala de lo Penal ordena al magistrado admitir dicha demanda

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El exministro socialista y expresidente del Parlamento europea Josep Borrell
El exministro socialista y expresidente del Parlamento europea Josep Borrell

La Audiencia Nacional ha ordenado al juez Ismael Moreno que admita a trámite la querella contra la empresa, Deloitte y 19 consejeros y exconsejeros del grupo andaluz, entre ellos el exministro socialista y expresidente del Parlamento Europeo Josep Borrell, por la presunta alteración de las cuentas de la empresa, y que les llame a declarar en calidad de investigados para responder a acusaciones como las de administración desleal y falseamiento de cuentas.

En un auto, la sección cuarta de la Sala de lo Penal estima el recurso interpuesto por los representantes legales de la Plataforma de Perjudicados por Abengoa contra la decisión del titular del juzgado de instrucción número 2 de rechazar la querella, algo que ocurrió el pasado 19 de abril, fecha en la que el juzgado acordó no admitir a trámite la querella, decisión contra la que la Plataforma formuló un recurso de reforma que también fue desestimado el 4 de mayo.

La querella estaba dirigida contra las personas jurídicas Abengoa y Deloitte y contra 19 personas físicas, todas ellas miembros o exmiembros del consejo de administración del grupo andaluz, por la supuesta comisión de delitos societarios relacionados con la administración desleal y el falseamiento de documentación contable y de información económico-financiera.

El juez debe tomar declaración a los querellados

El auto recurrido señalaba que la querella no exponía en qué consistió la alteración de las cuentas ni especificaba qué anotaciones contables se habían alterado ni aportaba ninguna documentación.

Sin embargo, la Sala recuerda que "solo procederá la inadmisión a trámite de la querella si de la simple lectura de la misma se puede descartar la tipicidad de los hechos que en ella se expresan". Si eso no ocurre, añade, "habrá de admitirse a trámite y será más tarde, en el ámbito del procedimiento correspondiente, donde ha de decidirse la continuación en la tramitación de la causa o su sobreseimiento".

Además, señala el auto, para resolver la admisión a trámite de una querella "el juez no ha de entrar en contacto con ningún medio de prueba ni diligencia de investigación". La Sala concluye que, puesto que los hechos reflejados en la querella "pudieran ser constitutivos de los delitos que en la misma se expresan", procede estimar el recurso de apelación.

El auto -contra el que no cabe recurso- señala que el juez deberá tomar declaración a los querellados y decidir después "acerca del resto de las pruebas pedidas con total libertad de criterio".

Esta acción penal se realiza al margen de una primera querella, que sigue su curso en la actualidad, contra Benjumea y Sánchez Ortega por las indemnizaciones recibidas tras su salida de Abengoa.