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Condenan al exgerente del CAV Murcia Juan Cuenca a 34 años de prisión por el crimen de la pareja holandesa

  • Condenan al rumano Valentin Ion a la misma pena de cárcel por el crimen
  • La resolución judicial acepta las penas solicitadas por la Fiscalía
  • La jugadora de voleibol Ingrid Visser y su pareja fueron asesinados en 2013

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Tres de los acusados por el crimen de la exjugadora de voleibol holandesa Ingrid Visser y de su pareja ante el jurado popular
El exgerente del club de voleibol CAV Murcia, Juan Cuenca (primero por la izquierda), el rumano Valentin Ion (primero por la derecha) y Constantin Stan (segundo por la derecha), tres de los acusados del asesinato de la jugadora holandesa de voleibol Ingrid Visser y de su pareja.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al rumano Valentín Ion y a Juan Cuenca, exgerente del club de voleibol donde jugó Ingrid Visser, a 34 años de prisión cada uno como autores de dos delitos de asesinato de Visser y de su pareja, Lodewijk Severein, el 13 de mayo de 2013 en una casa rural de Molina de Segura.

Según informa el TSJ de Murcia, Enrique Domínguez, el magistrado presidente del Jurado encargado del enjuiciamiento de los acusados de la muerte de la pareja de nacionalidad holandesa cuyos cadáveres fueron hallados en una finca rural de Murcia, establece en la sentencia además que ambos condenados deberán indemnizar a la familia de las víctimas con un total 200.000 euros.

Por otra parte, el otro ciudadano rumano Constantin S., respecto a quien el Tribunal Jurado sólo consideró probada su participación en el descuartizamiento y enterramiento de los cadáveres, ha sido condenado a la pena de prisión de cinco meses como responsable de un delito de encubrimiento.

Éste también está obligado a indemnizar una suma de 16.000 euros, que deberán recibir la madre y hermano de la mujer y las dos hijas del hombre asesinado.

La resolución acepta las penas solicitada por la Fiscalía

La resolución acoge las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular después de que el Tribunal Jurado considerara el pasado 27 de octubre que concurre en este caso la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

El veredicto declaraba probado que tanto Cuenca, exgerente del club murciano de voleibol donde jugó Visser, como Ion, de nacionalidad rumana, participaron en la muerte violenta de la pareja.

El jurado consideró también que Cuenca e Ion acabaron con la vida de Visser y Severein sin que ninguno de ellos tuviera la menor posibilidad de defensa.

Consideran probado que Cuenca contrató los servicios de Ion

Los miembros del Jurado Popular encargados de juzgar a los procesados consideraron probados que Juan Cuenca decidió dar muerte a la pareja y para ello contrató los servicios del individuo rumano Valentin Ion, previo pago de 1.200 euros.

El Jurado considera probado que Cuenca e Ion sujetaron y ayudaron a que se propinaran reiteradamente golpes en los cuerpos de Severein y Visser, fundamentalmente en las cabezas, todo ello con la intención de acabar con sus vidas, ocasionándoles fracturas en la cara, la mandíbula y en el cráneo que le produjeron la muerte como consecuencia de los múltiples traumatismos.

Igualmente, las posibilidades de defensa de las víctimas fueron anuladas por lo remoto del lugar en el que se encontraba la casa, el número de agresores, lo inesperado y rápido del ataque y las características de los objetos empleados para golpearles, grandes, romos, duros y contundentes, utilizando una gran fuerza y violencia.

Sobre Stan, aceptó la propuesta de su compatriota de acompañarle para realizar unos trabajos de albañilería en unos mosaicos pero al llegar a la casa rural se subió a la planta superior, donde permaneció hasta que decidió bajar y se encontró con lo sucedido. Por su parte, el Jurado exime de responsabilidad a Serafín de Alba, el propietario de la finca donde se hallaron los cadáveres enterrados.