Enlaces accesibilidad

El TC ordena investigar las torturas denunciadas por una joven detenida por formar parte de Segi

  • Fue detenida en 2009 pero luego fue absuelta en un juicio en 2014
  • Asegura que tras la detención, fue torturada
  • Tienen que investigarse según la doctrina del TDHE

Por
Fachada de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
Fachada de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

Garazi Rodríguez, detenida en 2009 por formar parte de la organización Segi pero luego absuelta, ha recibido el amparo del Tribunal Constitucional (TC), que ha ordenado a la Audiencia de Madrid que investigue debidamente si, como denunció, la joven fue objeto de torturas policiales.

La Audiencia Nacional absolvió en junio de 2014 a 40 acusados de pertenecer a la ilegalizada Segi, al entender que sus actuaciones eran de contenido político y no estaban vinculadas ni a la citada organización juvenil ni a la violencia callejera.

Garazi fue detenida en la operación contra Segi que dio lugar a la citada sentencia, operación que llevó a prisión preventiva a 31 supuestos miembros de esta organización cercana a ETA y que fue desarrollada conjuntamente por la Policía y la Guardia Civil en el País Vasco y Navarra.

Inmediatamente después de la detención, según relata el Tribunal Constitucional en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, se produjeron las supuestas torturas denunciadas por la joven.

Torturas que deben ser "convenientemente investigadas"

Esas torturas, según la jurisprudencia del propio TC y, muy especialmente, de acuerdo a la doctrina del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TDHE), deben ser convenientemente investigadas, sin que sea respetuoso con el derecho a la tutela judicial efectiva su archivo con una somera revisión de los informes médico-forenses o el atestado policial, como asumió la Audiencia de Madrid.

"La aplicación al caso de la anteriormente expuesta doctrina constitucional sobre esta materia determina que deba concluirse que la decisión de archivar las diligencias penales abiertas como consecuencia de la denuncia por torturas de la recurrente no pueda considerarse conforme con las exigencias derivadas del deber de tutela judicial sobre este tipo de denuncias", dice la sentencia.

"En el momento del cierre de la instrucción, tal como también ha señalado el Ministerio Fiscal, existían todavía medios de investigación disponibles para tratar de despejar, en el sentido que fuera, la realidad de los hechos denunciados por la demandante de amparo", añade el TC, que recuerda así que el propio fiscal se opuso al archivo.

Por tanto, ordena "retrotraer las actuaciones" para que el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid dicte una nueva resolución, tras hacer una investigación que arroje la conclusión de surja de la misma, todo lo cual deberá ser "respetuoso con el derecho fundamental vulnerado".