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El TC anula un auto que obligaba a una madre a entregar a su hija al padre "sin valorar su integración" en España

  • Establece que el interés del menor está por encima de la pugna por su custodia
  • El padre está imputado por un delito de violencia de género contra la madre
  • Por primera vez el TC aborda esta cuestión para la que no existe doctrina

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Entrada del Tribunal Constitucional
Entrada del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia que establece que el interés superior del menor está por encima de la pugna por su custodia, a raíz del recurso de amparo presentado por una madre porque la Audiencia Provincial de Madrid, sin valorar "su situación actual de integración" en España, la obligaba a entregar a su hija de 5 años al padre suizo residente en aquel país que además, estaba imputado por un delito de violencia de género contra ella.

Se trata de la primera vez que el Constitucional aborda esta cuestión, para la que no existe doctrina y que está regulada en el Convenio de la Haya sobre la restitución de menores. No entra en el fondo de esta cuestión, se limita a evaluar los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid para ordenar la devolución de la niña y concluye que las circunstancias de la menor no fueron tenidas en cuenta.

En concreto, la Sala Segunda del Alto Tribunal anula la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en marzo de 2015 porque considera que "vulnera el derecho fundamental" de la madre a "la tutela judicial efectiva sin indefensión" (24.1 de la Constitución), tal y como avanzó este jueves Europa Press.

Ordena una nueva sentencia "respetuosa con el derecho fundamental"

Asimismo, ordena que se retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la citada resolución de la Audiencia para que el tribunal dicte una nueva "respetuosa con el derecho fundamental vulnerado", como recoge la sentencia.

Conforme explica el fallo de la Sala Segunda, en el procedimiento la Audiencia Provincial de Madrid no tuvo en cuenta que desde el momento en que el padre reclamó en vía judicial la restitución de la menor y hasta que se dictó sentencia habían pasado 20 meses, cuando el Convenio de la Haya establece que en estos casos, se debe resolver en el plazo de seis semanas.

"Este Tribunal con la decisión que adopta constata que la lamentable dilación del procedimiento tendente a la restitución en las circunstancias excepcionales que presenta el caso enjuiciado no puede menoscabar el interés superior de la menor impidiendo valorar su situación actual de integración en el nuevo medio", sostiene el Alto Tribunal.

Sobre la situación de la menor, que ahora tiene seis años, el TC indica que por exigencia del principio de interés superior de la misma, imponía una valoración, "omitida en la resolución impugnada", que ponderase el conjunto de circunstancias como la edad, el entorno y la convivencia habitual, incrementada con la presencia de un nuevo miembro en el contexto familiar (su hermano de ahora 16 meses) y la escolarización desde el año 2013 de la niña en España.

Esto último, a juicio del Constitucional, "genera el reconocimiento de la insuficiencia de motivación en la resolución impugnada, que es inherente al contenido constitucional del artículo 24.1 de la CE".

Los abogados de la madre: "Se ha evitado un caso como el de Carrascosa"

En declaraciones a Europa Press, los abogados de la madre, Almudena Mendoza y Juan Ramón Montero, han advertido de que la actuación del Tribunal Constitucional ha evitado la restitución de la menor al padre suizo y haya acabado como el caso de la española Maria José Carrascosa, que estuvo en prisión en Estados Unidos, acusada de secuestrar a su hija pese a contar con la custodia en España.

"El Constitucional ha sentado un precedente para otros casos como éste y que establece la generalidad de que en los tribunales españoles lo que hay que primar, pese al laberinto procedimental, que en este caso alegaba la Audiencia Provincial de Madrid, es la protección del menor", han indicado los letrados.

Los abogados ha indicado también que en el auto de la Audiencia se obvió la imputación del padre de la niña en un procedimiento penal y no acató la valoración del Juzgado de Violencia de Genero que alertó del riesgo de la menor. "Ha estado en busca y captura para declarar en el procedimiento penal y ni siquiera ha venido a España a defenderse", han advertido.

El TC paralizó la salida del país de la niña

Todo comenzó en agosto de 2013 cuando de vacaciones en Grecia con su pareja e hija, la madre de la menor sufrió en la vía pública una agresión física de éste y el abuelo paterno de la niña, "en presencia de la menor y de varios testigos", según ella misma contó a Europa Press y documentó en su momento la policía griega, que envió a madre e hija a Madrid en el primer vuelo a España con ayuda del consulado.

El padre, según explica ella misma, diputado suizo y concejal en la ciudad donde vivían los tres, obtuvo "en 24 horas" la custodia en un tribunal suizo aunque al tratar de ejecutarla en España, un Juzgado de Familia se lo negó.

El padre pide por primera vez la restitución de la menor en noviembre de 2013, alegando secuestro parental de menores, una petición que llega al Juzgado de Violencia contra la Mujer número 11, que desestima al considerar que "existe un grave peligro para la niña".

Tras negar al progenitor esta petición de restitución, en abril de 2014, este juzgado otorga a la madre la guardia y custodia de su hija y establece un régimen de visitas para el padre de una vez al mes en un punto de encuentro con vigilancia ante el riesgo de secuestro de la menor.

Posteriormente, el padre presenta un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que acaba dándole la razón en una sentencia con fecha de 31 de marzo de 2015 y emite una orden para que la niña sea devuelta al padre.

Ante esta situación, la madre acudió el 20 de mayo de 2015 a pedir a la Policía que evitase la ejecución de la orden y trató de que el Juzgado de Violencia de Género que le había asignado la custodia y que tenía aún imputado al padre por maltrato hiciese algo al respecto. Sin embargo, no llegó a pronunciarse. La Audiencia Provincial tampoco atendió a su súplica ni al incidente de nulidad que planteó.

Un día después, el 21 de mayo, tenía que dejar a la niña en una comisaría, pero no lo hizo. Decidió acudir al Tribunal Constitucional que 48 horas después paralizó la salida del país de la niña con el padre.