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La Audiencia Nacional ve en la elección de Espejel, a propuesta del PP, motivo para apartarla de 'Gürtel'

  • Señalan que en su elección "participó" Luis Bárcenas cuando era senador
  • Ocho magistrados votaron en contra de la recusación a Concepción Espejel

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La vocal del Consejo General del Poder Judicial Concepción Espejel
La vocal del Consejo General del Poder Judicial Concepción Espejel

Los diez magistrados de la Audiencia Nacional que propiciaron la salida de su compañera Concepción Espejel del tribunal del caso Gürtel, tras admitir a trámite la recusación presentada contra ella, han justificado su decisión en su nombramiento como vocal del CGPJ a propuesta del PP, elección en la que participó el extesorero Luis Bárcenas cuando era senador.

"La percepción de posible parcialidad de los magistrados beneficiados en su trayectoria profesional por la designación para un cargo por una propuesta ligada a la proyección en el Poder Judicial de la cuotas de poder político existentes en las Cortes, no se aprecia in abstracto como infundadas", sostienen en un auto estos diez magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Ese "difuso riesgo" de parcialidad, continúa el auto, "se objetiva" en que el "partido que sustentó con su mayoría la propuesta" de Espejel como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está imputado en el caso Gürtel como partícipe a título lucrativo.

Además, "se constata que una de las personas que participó activamente en la votación" de esa propuesta fue uno de los principales acusados en esta causa, Luis Bárcenas y entre los hechos "interrelacionados" que les han llevado a aceptar la recusación, mencionan que entre su nombramiento de vocal "y la posterior propuesta como presidente de la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no existió continuidad".

De este modo entienden que "las dudas que todo ello puede generar en un ciudadano medio son objetivamente legítimas" y "la apariencia de imparcialidad ha de adoptar una exigencia superlativa, tratándose además de la investigación y enjuiciamiento de un delito que afecta a la corrupción en el ámbito político en los que el canon de apariencia de imparcialidad ha de reforzarse escrupulosamente".

Ocho magistrados en contra de la recusación

Por contra, los otros ocho magistrados que votaron en contra de la recusación de Espejel -entre ellos el presidente de la Sala de lo Penal y actual vocal del CGPJ, Fernando Grande-Marlaska-, discrepan de este argumento en el voto particular del magistrado Fermin Echarri, al que se han adherido los otros siete.

Para estos magistrados "dicha afirmación implica poner en cuestión el sistema de nombramientos de vocales del Poder Judicial, máxime cuando ninguna relación ya directa o indirecta se ha logrado acreditar" de Espejel "con el citado partido político".

Además, advierten de que la "participación del sujeto ahora acusado -Bárcenas- en la sesión de la Cámara Alta que decidía los nombramientos de determinados vocales (...), cuyo sentido del voto se desconoce, pero es fácilmente imaginable, dada la férrea disciplina de voto que rige en los partidos (...) resulta absolutamente inocua a los efectos que nos ocupan".

"Niniguna relación particular ha quedado acreditada"

En cuanto al motivo de que el nombramiento de Espejel como presidente de la sección segunda cuando era todavía vocal del CGPJ y ya se conocía que era la Sala que iba a juzgar Gürtel, creen que en "poco o nada puede influir en la apariencia de imparcialidad en una sociedad democrática".

"Máxime cuando no existe norma alguna que imponga a los vocales del CGPJ, de procedencia judicial, periodo de carencia alguno para regresar al pleno ejercicio judicial", por lo que Espejel se limitó "a optar a una plaza vacante predeterminada" a la que accedió por "escalafón" y pasó a presidir el tribunal de Gürtel "en función de las propias normas de reparto" de la Audiencia Nacional.

A su juicio, "ninguna relación particular o especial ha quedado acreditada" de la magistrada "con respecto del partido sometido a enjuiciamiento, como partícipe a título lucrativo, y menos aún respecto de los miembros de aquél que figuran como acusados".

Por ello califican de "preocupante" la interpretación "extensiva" de la causa de recusación, ya que "una cosa es la ideología determinada de un juez, y otra bien distinta que el juez ponga la función jurisdiccional a favor de la ideología que profesa".

"Es significativo el número de jueces y magistrados" que ha ocupado cargos tanto en el CGPJ como en otros entes públicos "en cuyos nombramientos que duda cabe, están presentes entre otros la afinidad ideológica (...) siendo así que ya por sí sola esa relación les inhabilitaría para formar parte de los tribunales llamados a enjuiciar la corrupción política", concluyen.