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Los padres de Asunta, condenados a 18 años de cárcel por el asesinato de su hija

  • Rosario Porto y Alfonso Basterra son culpables con agravante de parentesco
  • El juez cree probado que hubo un plan "concordado" entre ambos para matarla
  • Afirma que el padre "mintió" al decir que no se movió de su casa el día del crimen
  • Consulta el texto de la sentencia del caso Asunta

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La Audiencia de A Coruña condena a los padres de Asunta a 18 años de cárcel por el asesinato de su hija

Rosario Porto y Alfonso Basterra, los padres adoptivos de la niña Asunta Basterra, que falleció hace más de dos años, han sido condenados a 18 años de prisión. La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a ambos por un delito de asesinato con la concurrencia de la agravante de parentesco. El magistrado Jorge Cid Carballo ha emitido la sentencia casi dos semanas después de que el jurado popular declarase culpables a ambos padres de la muerte de Asunta [ver sentencia del caso Asunta].

En su sentencia, el juez considera probado que Basterra y Porto fueron los autores del asesinato de su hija y que los datos recabados durante el juicio permiten llegar a la "certeza" de la implicación de ambos en el crimen. En ese sentido, califica de "coartada falsa" el testimonio del padre, que "mintió" al decir que se había quedado toda la tarde en su domicilio.

El pasado 30 de octubre, y después de cinco días de deliberaciones, el jurado popular declaró por unanimidad culpables a la abogada Rosario Porto y al periodista Alfonso Basterra de la "muerte violenta" de su hija Asunta, que según los forenses fue "asfixiada con un objeto" e ingirió al menos 27 pastillas de Orfidal el día del crimen.

La niña, de 12 años, fue encontrada sin vida en una pista forestal coruñesa en la madrugada del 22 de septiembre de 2013. El dictamen del jurado, compuesto por cinco hombres y cuatro mujeres, se basó en que los dos acusados mataron a su hija adoptiva, de origen chino, dando cumplimiento a un plan "concordado" entre ambos.

Un asesinato "concordado" entre ambos padres

Los cinco hombres y cuatro mujeres que integraron este órgano del jurado popular coincidieron en que la víctima no tuvo posibilidad alguna de defenderseporque estaba bajo los efectos del medicamento que con ese fin se le había suministrado, lo que provoca, según la sentencia, que se entienda que existió alevosía y se tipifiquen los hechos como asesinato.

El jurado apoyó el hecho de que ambos, "puestos de común acuerdo para acabar con la vida de su hija", le suministraron una cantidad tóxica de lorazepam -un ansiolítico principio activo del Orfidal- el día 21 de septiembre de 2013 en el transcurso de una comida familiar y que, después de las 18:15 horas, Asunta fue hasta la vivienda de Montouto (Teo) en compañía tanto de Rosario Porto como de Alfonso Basterra.

El veredicto también consideró probado que los acusados "asfixiaron a su hija Asunta" en la vivienda de Montouto en un periodo comprendido entre las 18:33 y las 20:00 horas del 21 de septiembre, aplicándole compresión sobre la boca y la nariz.

En un momento próximo a su muerte el cuerpo de la niña fue atado y posteriormente trasladado a una pista forestal del lugar de Feros, donde fue "colocado" en el talud de una cuneta. Dos hombres que circulaban por la zona la encontraron pasadas las 1:00 horas del día 22 de septiembre.

Asunta, la niña que murió asesinada hace más de dos años en Santiago, llegó a esta ciudad con apenas un año de vida. Fue la primera niña china adoptada en la capital gallega. Protagonizó portadas junto a sus padres, una pareja acomodada y muy conocida en la ciudad. Ambos han sido condenados a 18 años de cárcel por la Audiencia de A Coruña por la muerte de su hija adoptiva.

Descartada la hipótesis de la autoría de un tercero

Los análisis toxicológicos permitieron determinar que Asunta había sido sedada de forma continuada con dos benzodiacepinas en los tres o cuatro meses anteriores a su muerte, en los que registró varios episodios en los que acudió a clase con síntomas de somnolencia.

En este sentido, el magistrado destaca que "el hecho de que desde tres meses antes del fallecimiento y hasta el mismo día de su muerte la menor haya estado consumiendo de forma repetitiva y continuada Lorazepam, llegando a un elevado nivel de toxicidad el día de su muerte, descarta la hipótesis planteada por las defensas acerca de que el hecho delictivo fue cometido por un tercero".

Sobre los episodios de sedación relatados por los profesores de música de la víctima, recuerda el juez Cid Carballo que la única respuesta que han dado los acusados en el juicio es que ni siquiera se acuerdan del incidente, "lo cual resulta ciertamente poco creíble y poco coherente con la versión que se ha tratado de ofrecer de unos padres responsables y preocupados por el bienestar de su hija".

Rosario Porto y Alfonso Basterra fueron encarcelados en el penal coruñés de Teixeiro prácticamente desde el inicio propio de la investigación, muy pocos días después del fallecimiento de la menor.

Ambos, durante su declaración en esta vista oral, se esforzaron en transmitir que ellos no habían tenido nada que ver con el desenlace de esta menor, que era lo que más querían, y en decir que no sabían quién le pudo administrar lorazepam, que la autopsia reveló como existente en altas dosis en el cuerpo inerte de la niña