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El personal de enfermería podrá indicar pero no prescibir medicamentos

  • Es una reivindicación histórica de enfermeros y enfermeras
  • Necesitan una habilitación que deberán tener en un plazo de 5 años
  • Sindicatos profesionales amenazaban con huelga si no se aprobaba

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El personal de enfermería podrá prescribir fármacos
El personal de enfermería podrá prescribir fármacos

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto que regula el uso, indicación y autorización de medicamentos por parte de los enfermeros, lo que se conoce como 'prescripción' enfermera.

Esta norma ha sido una reivindicación histórica del colectivo, después de que en 2009 el Congreso de los Diputados aprobara por una unanimidad una modificación en la Ley del medicamento para habilitarles a ello. Además, esta semana se han reunido con el ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, para solicitarle la aprobación de esta normativa.

De hecho, a la salida de la reunión con Alonso, el Consejo General de Enfermería y el sindicato Satse amenazaron con convocar una huelga competencial que afectaría a la campaña de vacunación de la gripe en caso de que finalmente no se aprobase este viernes.

Los enfermeros tendrá que habilitarse

En cuanto a los requisitos para la acreditación de los profesionales, que será otorgada por el Ministerio de Sanidad, es necesario estar en posesión del título de graduado en Enfermería, para el ámbito de cuidados generales y haber adquirido las competencias necesarias para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos mediante el correspondiente programa formativo.El procedimiento, que se iniciará a solicitud del interesado, tendrá un plazo máximo de seis meses, y la acreditación tendrá efectos en todo el Estado.

Los enfermeros con título de Ayudante Técnico Sanitario, Diplomado Universitario en Enfermería o Enfermero Especialista que no hubieran adquirido las competencias sobre indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en el momento de la entrada en vigor de este real decreto dispondrán de un plazo máximo de cinco años para adquirirlas.

Con carácter excepcional, los enfermeros que hasta la entrada en vigor de este real decreto hayan desarrollado funciones de indicación, uso y autorización de medicamentos podrán acceder a la acreditación cursando una solicitud con el correspondiente certificado del Servicio de Salud en el que el interesado haya adquirido las competencias profesionales que se indican.

El ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, se declaró "satisfecho" con la aprobación del decreto, que pretende "dar seguridad a los enfermeros" y que es fruto de haber "cumplido punto por punto el acuerdo alcanzado con la profesión enfermera".