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Admitidas a trámite las recusaciones de dos de los magistrados que deben juzgar Gürtel

  • La Audiencia pide a FAES certificados de cantidades de sus cursos y conferencias
  • El juez percibe "apariencia de parcialidad" en Enrique López por vínculos con el PP

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Los magistrados Enrique López y Concepción Espejel, elegidos para juzgar el 'caso Gürtel'
Los magistrados Enrique López y Concepción Espejel, elegidos para juzgar el 'caso Gürtel'.

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite las recusaciones presentadas por el PSOE y la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) contra dos de los magistrados que deben juzgar el caso Gürtel, Enrique López y Concepción Espejel, por su supuesta "afinidad ideológia" con el PP y ha acordado una serie de pruebas antes de dictaminar si hay motivos para que sean apartados o no del enjuiciamiento de esa causa.

En los dos autos de admisión, los magistrados Javier Martínez Lázaro, instructor de la recusación de López, y la magistrada Carmen Paloma González Pastor, a la que corresponde la de Espejel, han acordado en ambos casos dirigirse a la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), del PP, para que remita en el plazo de 10 días certificado de las mesas redondas, cursos o conferencias en los que haya participado y las cantidades percibidas por ello.

Además, en el caso de Enrique López, el instructor se dirige también al PP para que certifique si el magistrado recusado percibió alguna cantidad por su participación en dos mesas redondas en 2006 y 2007 de la Conferencia política del partido sobre el modelo de Estado, informa Efe.

Martínez Lázaro y González Pastor acuerdan rechazar por otro lado los interrogatorios a los recusados, así como las testificales de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, y del exministro del PP Federico Trillo.

El juez ve "apariencia de parcialidad" en López

Enrique López fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta del PP desde 2001 a 2008 -coincidió a su paso con Martínez Lázaro, propuesto por el PSOE-, y fue elegido también a propuesta del PP magistrado del Constitucional en 2013. Un año más tarde dimitió tras dar positivo en un control de alcoholemia.

Para Martínez Lázaro, los datos del nombramiento de López como vocal del CGPJ o magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del PP no pueden llevar por si solos a la existencia de causa de recusación.

Sin embargo, considera que el hecho de haber sido propuesto por el PP en tres ocasiones distintas para cargos públicos de alta relevancia "sugiere una cierta vinculación de dicho partido con la carrera profesional del magistrado recusado, a valorar conjuntamente con los otros hechos que pueden comprometer su imparcialidad".

Tras recordar que en este trámite no se discute si existen causas de recusación sino si dichas causas podrían existir, Martínez Lázaro percibe "una apariencia de parcialidad" en López.

Todo ello, teniendo en cuenta que el PP le propuso en tres ocasiones "para ocupar relevantes cargos públicos", "su colaboración intensa y durante un largo periodo de tiempo con una fundación vinculada a dicho partido" y el hecho de "haber percibido remuneraciones significativas de dicha fundación".

"La no desdeñable cantidad de 13.102 euros" por participar en FAES

Considera que la apariencia de vinculación de López con el PP "se hace más intensa" por su participación en más de 60 actividades de la FAES desde 2003 y en dos mesas redondas de la Conferencia Política del PP.

Para Martinez Lázaro, "no se trata de colaboraciones esporádicas u ocasionales con el PP: su elevado número sugiere una colaboración permanente durante un dilatado periodo de tiempo lo que implica una apariencia de vinculación con el citado partido".

"Y esta apariencia de vinculación se hace más relevante si se tiene en cuenta que el magistrado recusado percibió, según el mismo indica, la no desdeñable cantidad de 13.102 euros por la participación" en FAES, añade el instructor.