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La Audiencia Nacional rechaza indemnizar a los etarras víctimas de los GAL

  • Rechaza los recursos interpuestos por los familiares de dos miembros de ETA
  • Se acoge al convenio europeo que permite suprimir la indemnización

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Sede de la Audiencia Nacional en Madrid
Sede de la Audiencia Nacional en Madrid en una imagen de archivo.

La Audiencia Nacional ha rechazado indemnizar a los etarras que fueron víctimas de los GAL. Lo ha acordado así la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo en tres resoluciones, rechazando los recursos que habían interpuesto algunos familiares contra la resolución del Ministerio del Interior de no incluir a los miembros de esta banda como “víctimas del terrorismo”.

El motivo esgrimido ha sido, precisamente, haber formado parte de la banda terrorista ETA, por lo que refuerza la decisión del Ministerio del Interior, que rechazó una veintena de peticiones para la aplicación de un convenio europeo que incluye las indemnizaciones por ser víctimas del terrorismo.

Quienes interpusieron los recursos contra esta resolución del ministerio fueron los familiares de José Antonio Lasa Aróstegui y Jesús Muguruza, quien fuera diputado del HB en 1989 en el Hotel Alcalá de Madrid. La Audiencia Nacional sí admite, sin embargo, el recurso de los herederos del cofundador del diario Egin, Ángel Etxaniz, al no quedar acreditada su pertenencia a la organización terrorista.

En este sentido, la Sala considera que para acreditar la participación o pertenencia a una organización criminal no es necesario que exista una sentencia penal que lo declare, ya que bastaría con que se conozcan datos objetivos que lo demuestren. Así ocurre en el caso del fallecido José Antonio Lasa, asesinado en Alicante en 1983 junto a su compañero Ignacio Zabala. Aclara, además, que no sería suficiente la mera afirmación de aquella participación o pertenencia a una organización criminal.

Por todo ello, la Audiencia Nacional coincide con el Ministerio del Interior en acogerse al convenio europeo, que entró en vigor en España el 1 de febrero de 2002 y que permite reducir o suprimir la indemnización si la víctima o el solicitante han participado en la delincuencia organizada o pertenecen en una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos.

Lasa, 250.000 euros de indemnización

Los padres de Lasa ya habían recibido una indemnización de 150.253 euros, sin embargo, reclamaban una cantidad de 99.746 euros para completar la indemnización de 250.000 euros por fallecido en acto terrorista que establece la Ley de Reconocimiento y de Protección integral a las Víctimas del Terrorismo.

Lasa fue reconocido como víctima de los GAL en la misma sentencia que condenó al ex gobernador civil de Gipúzcoa, Julen Elgorriaga, el general de la Guardia Civil, Enrique Rodríguez Galindo, el teniente coronel Ángel Vaquero y los exagentes del Intxaurrondo Enrique Dorado y Felipe Bayo.

A pesar de que no existe una sentencia que determine su pertenencia a ETA, la Sala sí ha tenido en cuenta los informes de la Guardia Civil y de la Policía, que atestiguan su integración en el comando Gorka de la banda terrorista, que ha considerado “datos objetivos” que permiten deducir, "conforme a las reglas del criterio racional, un enlace preciso y directo entre aquellos datos y la participación en la delincuencia organizada o la pertenencia a una organización dedicada a perpetrar delitos violentos".

La mujer y la hija de Muguruza tendrían relación con la banda terrorista

El motivo por el que la sala ha denegado el recurso de la mujer y de la hija de Jesús Para Muguruza, que en su día ya percibieron una indemnización de 138.232 euros, ha sido un informe de la Abogacía del Estado que habla de “participación” en la banda terrorista ETA, “asumiendo tareas o funciones, de forma que, incluso, por el propio grupo terrorista era tenido como un miembro del mismo”.

Además existe otro motivo para la Audiencia Nacional, que es la relación de ambas mujeres con la banda terrorista. La esposa del fallecido, Elena Bartolomé, fue detenida por presunta colaboración con ETA, además de haber pertenecido a HB "y a otras formaciones ilegalizadas", y la hija, Ane Muguruza, fue imputada por un delito de enaltecimiento del terrorismo, aunque en ambos casos sus causas se archivaron.

La Audiencia Nacional admite el recurso de la viuda de Ángel Etxaniz

La sala ha admitido el recurso de la viuda de Ángel Etxaniz, cofundador del diario Egin, ya que entiende que no se ha acreditado su pertenencia a ETA y estima que el hecho de su condición de cofundador del diario Egin, exmiembro de gestoras pro amnistía y miembro de HB no bastan, teniendo en cuenta que las sentencias sobre estas entidades y su sumisión a ETA se produjeron 18 años después de su fallecimiento.

La Sala argumenta además que, en un primer informe de la Guardia Civil, "se afirma apodícticamente" su pertenencia a ETA, "sin que se detalle alguna actuación acreditativa de tal aseveración”. Es más, en su segundo informe ya no se menciona dicha pertenencia y se alude a otra vinculación diferente, tomada esencialmente, de la “enciclopedia” de la propia banda terrorista en la que, a diferencia de lo que ocurre en otros recursos jurisdiccionales de los que conoce la Sección, no se le menciona como integrante de la organización terrorista, sino como “cofundador del diario Egin, fundador y ex-miembro de la Gestora pro Amnistía, miembro de HB y KAS'".

Por consecuencia, aprueba la petición de indemnización "sin cuantificar" que reclamaba su viuda, quien en 1980 percibió una ayuda de 3,4 millones de pesetas y años después fue indemnizada con 11,5 millones de pesetas.

Etxaniz falleció el 30 de agosto de 1980 en Ondarroa (Vizcaya) a consecuencia de un atentado atribuido al Batallón Vasco Español y la Triple A cuando se encontraba en el interior del establecimiento de su propiedad, Club-34.