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Bruselas abre un procedimiento contra España y otros cinco países por no liberalizar servicios profesionales

  • Además de España, Alemania, Chipre, Malta, Austria y Polonia ponen barreras
  • Los requisitos fijados limitan el mercado común de servicios profesionales
  • Algunos obstáculos: estructura del capital, titulaciones requeridas o tarifas mínimas

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Una bandera de la UE ondea en la sede de la Comisión Europea en Bruselas.
Una bandera de la UE ondea en la sede de la Comisión Europea en Bruselas.

La Comisión Europea abre procedimientos de infracción contra España, Alemania, Chipre, Malta, Austria y Polonia debido a que sus legislaciones nacionales contienen obstáculos excesivos e injustificados en el ámbito de los servicios profesionales.

Bruselas considera que los requisitos que han de cumplir determinados prestadores de servicios en esos seis países son contrarios a la Directiva de servicios.

La comisaria europea de Mercado Interior, Elżbieta Bieńkowska, señala que "la libre prestación de servicios es uno de los pilares del mercado único. En algunos miembros siguen existiendo barreras —restricciones a la forma jurídica y la participación en el capital, requisitos en materia de titulaciones o tarifas fijas— que impiden a sociedades y particulares prestar sus servicios libremente en toda la UE".

"No solo estoy lanzando una advertencia; estoy enviando un mensaje de oportunidad: un mercado único de servicios profesionales dinámico conducirá a una economía europea más competitiva, que redundará en beneficio de todos", añade Bieńkowska.

Dificultan el establecimiento o la prestación transfronteriza

Los requisitos excesivos en materia de participación en el capital —como la exigencia de que los profesionales deban poseer el 100% de los derechos de voto y del capital en una sociedad o que la sociedad deba tener su sede social en un territorio determinado— pueden dificultar el segundo establecimiento o la prestación transfronteriza de servicios en los Estados miembros en cuestión.

Las tarifas mínimas obligatorias no son necesarias para garantizar la calidad de los servicios de los prestadores nacionales o extranjeros y privan a los consumidores de unos servicios a precios más competitivos.

El Ejecutivo comunitario pide a estas seis naciones que adapten las normas que rigen los requisitos en materia de participación en el capital, así como las prohibiciones relativas a las prácticas multidisciplinares (para los arquitectos e ingenieros en Chipre, Malta y Austria y para los agentes de la propiedad industrial en Austria).

Bruselas también solicita que deroguen las tarifas mínimas obligatorias (para los procuradores en España, los arquitectos, ingenieros y asesores fiscales en Alemania, los agentes de la propiedad industrial en Polonia y los veterinarios en Austria). A la CE también le preocupa la legislación española en virtud de la cual determinadas actividades de los procuradores son incompatibles con las de los abogados.

La carta de emplazamiento es la primera etapa de un procedimiento de infracción y constituye una petición oficial de información. Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión.