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Alaya imputa a los exconsejeros socialistas Recio y Ávila por los cursos de formación

  • Les acusa de un delito continuado de prevaricación y malversación
  • También imputa a los ex directores gerentes del Servicio Andaluz de Empleo

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La juez que instruye los ERE fraudulentos, Mercedes Alaya, a su llegada  a los Juzgados de Sevilla.
La juez que instruye los ERE fraudulentos, Mercedes Alaya, a su llegada a los Juzgados de Sevilla.

La juez Mercedes Alaya ha notificado este martes un auto en el que imputa a dos exconsejeros socialistas andaluces, Manuel Recio y Antonio Ávila, en el caso de los cursos de formación, y a ambos les acusa de un delito continuado de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos.

Además, la juez amplía la imputación al exconsejero Antonio Fernández y también acusa a los ex directores gerentes del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) Antonio Toro, Alejandro Rueda y Pedro Eugenio Gracia.

A los exconsejeros, la juez les acusa de firmar resoluciones de exoneración de los cursos de formación hasta acumular, en octubre de 2013, 950 millones de euros sin justificar respecto a entidades que obtenían beneficios "realmente altos".

Alaya, que este mismo lunes ha dejado de ser titular del juzgado de instrucción 6 de Sevilla, asegura en su auto que los responsables políticos de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Empleo y del SAE, "han concebido indiciariamente la formación como una vía a la que destinar sumas ingentes de fondos públicos para favorecer a las entidades que se dedicaban a la misma".

Estos fondos generaban "una actividad económica que se sustentaba exclusivamente en las subvenciones que cada año concedía la Junta de Andalucía para la realización de acciones formativas", explica Alaya.

Ofrecían cursos "muy por debajo de lo que se pagaba"

Las entidades "ofrecían cursos con una calidad muy por debajo de lo que se les pagaba" y obtenían "importantes beneficios" con el consentimiento del SAE, afirma la juez.

Para llegar a esta conclusión, la instructora usa "datos objetivos" que son "carencias deliberadas de la Administración": la ausencia de programación de acciones formativas cuyo objetivo fueran los certificados de profesionalidad, la falta de un programa de evaluación y seguimiento y también la ausencia de la documentación justificativa en la mayoría de los expedientes.

También entiende la juez que había ausencia de contratación en los expedientes con compromiso de contratación, que "eran además de concesión directa", precisa el auto, en el se reprocha un "retraso injustificado" en la comprobación técnica económica en la justificación de expedientes, que culminaban en el certificado de finalidad a pesar de las "importantes deficiencias" que tenían.

Además, Alaya considera que hubo una ausencia y falta de la culminación de los expedientes de reintegro, con años en los que, como ocurrió en 2010 y 2011, no se elaboró ni un solo expediente de reintegro a pesar del "panorama de irregularidades descritas por la Intervención General".

"Si todo lo anterior no era suficiente, se culminaba indiciariamente el interés por favorecer a estas entidades con el dictado repetido de las resoluciones de exoneración, que permitía a las mismas acceder al pago íntegro de las subvenciones concedidas y a nuevas subvenciones", enfatiza la juez.

Las exoneraciones eran "rara avis" en las autonomías españolas, pero en Andalucía era "lo habitual con el decidido propósito de no quebrar el clima de satisfacción de las entidades beneficiarias", entre ellas los sindicatos y la Confederación de Empresarios de Andalucía, miembros del consejo de administración del SAE.