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El juez archiva la causa contra Spottorno y once imputados por las tarjetas opacas de Caja Madrid

  • Aunque les mantiene como partícipes a título lucrativo
  • Andreu sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción
  • La razón es que no formaron parte del Consejo de Administración

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El exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno
Imagen de archivo del exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha archivado provisionalmente la causa de las tarjetas opacas de Caja Madrid y Bankia contra doce de sus usuarios imputados, entre ellos el exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno (223.900 euros de gasto) y el exsecretario del Consejo Enrique de la Torre (320.700 euros), aunque les mantiene como partícipes a título lucrativo.

Archiva la causa para el exdirector de Comunicación de la caja, Juan Manuel Astorqui, (293.000 euros) o el exdirector de Banca Comercial de la entidad, Matías Amat, que gastó 389.000 euros, el director de Sistemas y Organización de Caja Madrid, Ricardo Morado Iglesias (448.300 euros); el director de Banca Comercial, Ramón Ferraz (397.900 euros); el consejero delegado de la Corporación de la caja, Mariano Pérez Claver (379.500 euros), y Carlos Martínez Martínez, director gerente de la Obra Social, que gastó 276.000 euros.

También se archiva la investigación para la directora de Auditoría Interna y directora general de la Obra Social, Carmen Contreras (266.800 euros); el director de la Banca de Negocios, Carlos Vela (249.200 euros); el director de Riesgos, Ramón Martínez Vilches (91.200 euros) y el director del Gabinete del Presidente, Luis Gabarda (139.700 euros).

De esta forma, el juez ha seguido el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que apoyó el sobreseimiento de la causa respecto a estos doce imputados porque ninguno formó parte ni del Consejo de Administración ni de la Comisión de Control, por lo que no se les podía achacar un delito de administración desleal.

"Parte de su retribución"

Según Andreu, a diferencia de lo ocurrido con los exconsejeros y miembros de la citada comisión, los exdirectivos "mantenían una relación estrictamente laboral como empleados por cuenta ajena de Caja Madrid", y las visas que se les entregó formaban parte "de su paquete laboral o retributivo".

Las doce personas imputadas hasta ahora, prosigue, manifestaron durante sus interrogatorios "de forma invariable, uniforme y consistente" que la tarjeta visa les fue asignada en tal concepto "directamente por la presidencia de Caja Madrid", que ostentaron Miguel Blesa y Rodrigo Rato, "como parte de su retribución".

Todos ellos disponían también de otra tarjeta que la entidad les había facilitado como "tarjeta de empresa" y debían destinarla a los gastos generados en el ejercicio de su cargo. A diferencia de las tarjetas de empresa, a las otras investigadas por el juez se les asignaba un pin o clave, de forma que era posible extraer dinero del cajero.

El juez recuerda que la limitación en materia retributiva de la Ley de Cajas de Ahorro esta marcada para los consejeros, pero no se podría aplicar a las retribuciones que pudieran recibir los directivos de la entidad, por lo que "ni cualitativa no cuantitativamente el pago de parte de sus retribuciones por esta vía puede considerarse irregular".

Andreu argumenta que aunque la conducta de estos directivos no tenga relevancia penal, pudieron obtener un beneficio económico procedente de la comisión de un delito, por lo que procede considerarles responsables civiles a título lucrativo, un artículo del Código Penal (el 122) que contempla la restitución de lo percibido, en el caso de que se declare de manera definitiva que la emisión, puesta en funcionamiento y gastos generados por el uso de estas tarjetas fuera constitutivo del delito de administración desleal.

El juez recuerda que el responsable a título lucrativo se aprovecha de los efectos de un delito, como es el caso, según el juez, de estos doce exdirectivos para los que se sobresee la causa.